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Quiero dejar el piso ya que he encontrado otro y la agencia nueva me dice que me lo aguanta un mes. Realmente tengo que esperar los 2 meses que pone en el contrato de mi actual alquiler, o es fraudulento? Muchas gracias de antemano por vuestra ayuda.
Hola Craromer:
Le sugiero que su contrato sea revisado por un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urnanos quien, a la luz del contenido del mismo y de los datos que usted aporte, le asesorará sobre la mejor forma de proceder.
reciba un cordial saludo
despacho Armando García Fernández.
Javier, claro que es el unico obligatorio porque seguramente un año es la duracion del contrato, todo lo demas son prorrogas de caracter voluntario para el inquilino, que siempre podrá notificar su voluntad de no hacerlo. Lo dificil aqui es saber si el contrato faculta para hacerlo en cualquier momento o al termino de cada prorroga, si los 60 dias son para desistir o si se trata de un añadido nulo a los 30 legales.
A eso me refiero cuando hablo de la interpretacion del contrato. Si aqui hay debate imaginar a dos letrados defendiendo posturas opuestas y a un juez que debe decidir.
Yo en este caso me decanto, mas que por notificar simplemente, por hacer un documento donde el casero se de por notificado aceptando al mismo tiempo esa salida de la vivienda y asi se matan dos pajaros de un tiro.
Pedro Martinez
Abogado
Pues yo opino como Crazyh,ya que si avisando con dos meses, se puede ir después del primer año que es el único obligatorio para el inquilino (según la clausula puesta,que habría que ver el resto del contrato)
De todas las formas,lo mejor es que hable y pacte por escrito,con el casero,para evitar lios
Coincido con mi compañero Pedro Martínez, Craromer tiene un severo riesgo de meterse en un problema grave, si decide alquilar otro piso.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57 € por minuto desde móvil).
Eh, que yo me equivoco y mucho, pero no se, estas clausulas de corta pega dan miedo porque quien debe interpretarla es el juez y a ellos les pasa como a cualquiera, que depende del dia a veces.
Tal vez mañana lo vea de forma distinta, pero hoy no lo tengo claro, sobre todo por el inciso final.
Lo mejor es tenerlo claro con el casero para evitar sustos, avisar para dentro de dos meses y esperar que se firme la salida.
Pedro Martinez
Abogado
5001@icagr.es
" si el arrendatario decidiera rescindir el contrato a partir del primer año, cuyo pago es obligatorio, deberá realizar un preaviso de al menos 2 meses, no pudiendose utilizar la fianza como pago. "
Si ésta es la cláusula, a falta de ver el resto del contrato, parece que te permite finalizar el contrato mediante un preaviso de dos meses, pasado el primer año de contrato.
O estoy equivocado o Pedro Martinez no ha leído que expusiste la cláusula o me he perdido algo, pq es uno de los pocos que no cometen errores, así que, ahora mismo, estoy algo desorientado.
Si esa es la clausula, no es un desistimiento, sino una copia mala del 9. 1 , por lo que para salir de la vivienda deberas avisar con un mes de antelacion a su proximo vencimiento anual, 2 de enero de 2014.
si alquilas un nuevo piso vas a estar un año entero obligado a pagar 2 alquileres, asi que ni se te ocurra.
pedro Martinez
Abogado
5001@Icagr. Es
Podría ser. Es lo que insinué en mi primera intervención. Pero hay que leer el contrato para saberlo con certeza.
hágalo.
saludos - Papeleos Alquiler.
Creo que acabo de comprender lo que dice el contrato. El cumpleaños del contrato ( dia que firme) fue el dia 2 de enero. Con lo cual como estoy fuera del cumpleaños, deberé avisar con 2 meses de antelación. Pude ser esto?
gracias
Es suficiente con avisar con 30 dias siempre y cuandoves vaya en el cumpleaños del contrato.
Fuera del cumpleaños, habría que ver el contrato para saber si avisando con dos meses no tiene penalización, pero lo dudo mucho, lo normal es que entre en un incumplimiento de contrato
Muchas gracias por vuestras respuestas, os escribo textualmente lo que pone en la clausula, tener en cuenta que el contrato es de 5 años.
si el arrendatario decidiera rescindir el contrato a partir del primer año, cuyo pago es obligatorio, deberá realizar un preaviso de al menos 2 meses, no pudiendose utilizar la fianza como pago.
Gracias por vuestras ayuda, pues mañana seguramente diga que si al otro piso, y me será de gran ayuda de cara a poder negociar la próxima entrada.
Saludos
Craromer De acuerdo con Amparo.Ten en cuenta el cumpleaños del contrato y de paso léete el decálogo del inquilino
Un inquilino puede dejar el piso avisando fehacientemente con 30 días de antelación al vencimiento del contrato o de la prórroga anual en vigor.
Habría que leer bien la cláusula de los dos meses porque tal vez sea una cláusula que autorice el desistimiento anticipado (sin tener que esperar al cumpleaños del contrato) a cambio de avisar con 60 días.
Saludos - Papeleos Alquiler.