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Contrato a un año prorrogable automáticamente, desde marzo de 2007.
Perdón, rectifico inmediatamente mi anterior respuesta. No sé porqué entendí que tu intención era marcharte en marzo de 2010.
Si lo que deseas es marcharte inmediatamente, estarás incumpliendo el contrato y pordrás ser demandado por ello. La jurisprudencia mayoritaria condena al inquilino a abonar las mensualidades que restan hasta el fin de la prórroga o hasta que se alquile de nuevo, además de las costas judiciales. Por lo que deberá llegar a un acuerdo e indemnizar a su casero para que no le demande, o esperar a marzo y actuar como le he explicado en la respuesta anterior.
Sí, puedes. Para ello deberás avisar fehacientemente al propietario (burofax con acuse de recibo y certificación de contenido) con al menos 30 días de antelación a la finalización de la prórroga, de tu voluntad de no renovar el contrato.