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En diciembre me quedé sin trabajo, y avise a los propietarios para decirles que en cuanto tuviese trabajo les pagaria lo que me retrasara, se asustaron y empezaron a acosarme para que abandonase el pìso lo antes posible, hasta tal punto que tuve que cambiar de mvl,en febrero encontre trabajo fijo , en abril me fui dejando a deber 4 meses mas los gastos de luz agua gas y comunidad, ya que debido a la urgencia que tenian,, necesitaba el dinero para otro alquiler,ahora estoy pagando 550e de alquiler mas gastos y tengo un sueldo de 850e tengo una hija pequeña,mas gastos de gasolina apenas me llega para comer,y me gustaria saber que tanto por ciento me van a hacer pagar al mes
la cantidad que se puede embargar de una nómina esta estipulada por ley, es a tanto por ciento dependiendo lo que se este ganando. Y desde luego, sólo puede dar la orden un juez.
El ambargo solamente lo puede acordar el Juzgado y con un sueldo de 850 euros y una deuda de 2.500 euros el importe a embragar mensualmente (s.e.u o.) sería de 65,01 euros durante 38 meses
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