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Además, mi casero no me proporciona el resguardo del ingreso de la fianza en el ivima, me hace falta
Hola,
si su contrato es de "vivienda NO habitual", no podrá desgravar el gasto de alquiler.
Respecto al resguardo de ingreso en el IVIMA (que en caso de vivienda NO habitual es de 2 meses), debe solicitárselo por escrito al casero.
Legalmente el casero está obligado al depósito de las fianzas en el organismo correspondiente (IVIMA en su caso).
Espero haber ayudado.