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Buenos días,
tengo un negocio en un local alquilado; dicho local estaba en bruto cuando lo alquilé, solo contaba con la tabiquería interior y yo realicé todas las obras por valor de 60.000 euros. En el primer contrato que firmé se indicaba que el local estaba en bruto, pero hace un año aproximadamente el dueño me hizo un contrato nuevo, indicando que el local se encuentra en las condiciones actuales, no señalando en ningún momento que las obras de acondicionamiento han sido a mi cargo. Ahora quiero dejar este local y el dueño me dice que no puedo llevarme absolutamente nada que sea fijo del local. A mi me gustaría poder llevarme las puertas interiores, el termo/calentador, y las consolas de aire acondicionado, pero no se si al hacer esto estaré cometiendo alguna infracción. ¿Sería legal llevarme estos elementos? ¿podría sustituirlos por otros más baratos y llevarme los que ya tengo puesto?
Muchas gracias de antemano. Quedo a la espera de su respuesta.
A los efectos que pretende elementos muebles (móviles) son aquellos que se pueden retirar sin daño del inmueble en el que se encuantran instalados o colocados.
Le sugiero la lectura de mi bloghttp://www.pedrohernandezabogado.com/y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).
A ver, en el contrato de alquiler indica la existencia del aire, las puertas, y demás?
Perdón, en la pregunta anterior quería decir tabiquería exterior no interior. Gracias.