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somos una comunidad de 8 vecinos 6 propietarios 2 inquilinos del ivima,
¿si en junta de propietarios se aprueba una subida de la cuota se puede negar el inquilino?
Si por contrato es el inquilino quien se ha acordado que pague el concepto de comunidad, a éste solo se le podrá subir el doble del ipc general a dicho concepto al finalizar su anualidad. El resto lo deberá pagar el propietario de esa vivienda.
Hola,
en principio un inquilino no tiene ni voz ni voto en una reunión de comunidad, el que debe negarse es el propietario de la vivienda.
No obstante si hay 6 de 8 que aprueban la subida deberá acatar la decisión.
Normalmente si el inquilino es el que paga la comunidad, en el contrato a parte de la cantidad a pagar suele referenciarse que si sufre alguna modificación dicha cuota, el inquilino deberá aceptarla.
leease el contrato y asegurese.
Saludos
Oscar