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quee hacer si mi cntrato es de dos anos renovable a 5
Hola nnf cañete:
le sugiero la lectura de los siguientes enlaces:
http://letradosalquileres.es.tl/La-denegacion-de-la-prorroga-del-articulo-9-LAU-1994.htm
reciba un cordial saludo
Si el contrato es anterior al 06/06/13 puede permanecer en la vivienda durante cinco años,
Si el arrendador reclama la vivienda y no hay en el contrato una cláusula que pueda hacerlo para uso personal, tendrá que dar una indemnización.