queria comentarte algo haber si puedes ayudarnos con un tema . Mi madre esta de alquilada en un piso de alquiler donde la propietaria tiene establecido el pago de la mensualidad del 1 al 5 de cada mes mediante el pago en el domicilio arrendado. El caso es que a esta señora ahi veces que a estado mala y con problemas y nosotros le hemos echo transferencias porque decia que no podia venir a cobrar . Ayer nos llega un burofax en el cual nos requiere el pago mediante transferencia a partir del proximo mes . Mi madre esta 24 horas al dia con oxigeno puesto y ella no puede salir a realizar transferencias a esta señora el caso es que nos dicen en el burofax que de no hacer las transferencias tomaran medidas oportunas pertinentes para defender los derechos de su clienta .
Para mi esos tres euros no suponen nada pero es un gasto que no tiene que correr a cargo mio , le dije de descontarle esos 3 euros del alquiler y me dijo que no que ella venia a cobrar al domicilio. Entonces que pasa que no puede venir a cobrar si le ingreso el dinero integro pero si le quito los tres euros si que puede .
Yo no estoy dejando de pagar el alquiler , es mas esta señora firmo un contrato , un contrato que recoge la manera de cobro , del 1 al 5 de cada mes mediante el cobro en efectivo en la vivienda arrendada , mi contrato esta vigente hasta febrero de 2016 , esta señora esta avisada telefonicamente , por email y por whatsaap de que tiene el dinero a su disposicion en el domicilio para que pase a recogerlo cuando pueda y si ella no puede que designe a otra persona a recogerlo. Esta señora en mi mismo portal tiene otro piso que quiere alquilar y ayer mismo estaba enseñando el piso , por lo tanto no veo el problema.
Jose coincido con Amparo y subrayo que si deja de pagar se puede ver en un desahucio que podría enervar/detener pagando en el juzgado pero con costas que pueden ser bastante ? que esos tres euros . Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/
Ya pero sabes que pasa que esta señora siempre a actuado con nosotros de malas maneras y mi madre no sale de casa a por el dinero del alquiler hasta ahora las transferencias se las hacia yo. Los bancos empezaron a cobrar una comision de tres euros por tranferencias a cuentas que no fuesen de mi banco y evidentemente yo no voy a perder tres euros todos los meses cuando ella en contrato tiene estipulado otra forma de cobro. Como favor se le han echo transferencias muchas veces pues decia que se encontraba mal o fuera de madrid . Pero de ahi a que ella nos obligue a hacerle tranferencias
Bueno si el contrato establecía un medio de pago, hay que atenerse a él. No obstante, valore usted que pagar por transferencia es lo más cómodo y habitual. Si su madre es mayor y con oxígeno, tampoco podrá salir para ir al banco a sacar dinero para tenerlo en casa en efectivo y pagar cuando vayan a cobrar la renta. Le sugiero que acepte el pago por transferencia y hágalo usted misma bien online cada mes o, más cómodo aún, dando al banco una orden permanente para todos los primeros de mes. Saludos - Papeleos Alquiler.
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