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En abril cumple mi contrato de arrendamiento, pero quizá me vaya antes, ¿tengo derecho a que me devuelva el mes de fianza que le di en la firma del contrato ?
Si, si dejas el piso sin desperfectos.
El mismo derecho que tiene tu arrendador a que tú le pagues la renta de febrero, marzo y abril.
Para evitar que tú le reclames judicialmente a él, la fianza, y él a tí la renta de los meses que falten hasta abril, se suele negociar y llegar a un acuerdo en el que ninguno salga muy perjudicado.
Saludos - Papeleos Alquiler