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Alquile la casa hace un año, he pagado rigurosamente todos los meses, pero me comentaron que estaba embargada, he pedido los registros y efectivamente tiene varios embargos el primero es del 2010. Me han dicho que deje de paga ya que el propietario se esta lucrando y de todos modos yo me ire a la calle.
Soi el inquilino tengo la casa alquilada i me enterado que esta embarazada y o pago todo los meses que me puede pasar
Tienes una vivienda alquilada, osea, que obviamente, esa vivienda no es de tu propiedad. Que el propietario sea menganito, fulanito o citranito, embargada o sin embargar, no te exime de tu obligación de seguir pagando por su uso, cae de cajón.
no se quién te "habrá dicho". Sea quién sea cambia de asesor, cambialo, por tu bien.
ay. La picaresca española.
María del C. Daprile La pregunta que hace es de si deja de pagar qué pasará... pues pasará que como seguro que es un banco el nuevo dueño,se alegrará de que no haya pagado y lo desahuciarán reclamándole la deuda más las costas+intereses legales (total ,que se alegrarán)
Pero si usted paga, como bien le han aconsejado,a usted no la echarán de ahí hasta que cumpla los cinco años como mínimo.Hasta que el nuevo dueño le comunique el nº de cuenta donde ingresar el alquiler,usted tranquila
Hola Maria:
Sin perjuicio de las respuestas anteriores,
sin perjuicio de la respuesta anterior, le sugiero la lectura del siguiente enlace:
http://letradosalquileres.es.tl/El-embargo-de-la-vivienda-alquilada.htm
reciba un cordial saludo
despacho Armando García Fernández.
El ambargo es una medida judicial preventiva para asegurar el cobro de una deuda, por si solo en nada afecta a la disponibilidad de esa vivienda y por lo tanto en nada afecta al arrendamiento concertado, si se ejecuta el embargo y se adjudica la vivienda a otra persona esta deberá respetar el arrendamiento concertado con anterioridad a esa adjudicación, salvo que pueda demostrar que ha sido hecho para defraudar el adjudicatario, lo que no parece ocurrir en este caso.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57 € por minuto desde móvil).
Si el embargo es anterior a la firma de su contrato de arrendamiento efectivamente lo más seguro es que terminen desahuciandolo, no bostante la opción de dejar de pagar le puede acarrear muchos problemas, si no está conforme con la situación llegue a un acuerdo con el arrendador y abandone la vivienda, de momento, hasta que le llegue carta del juzgado el sigue siendo el propietario, y le podría demandar por impago.
aunque le embarguen la vivienda eso no afecta a su contrato.
debe pagar las mensualidades hasta que el nuevo propietario (cuando lo haya) le notifique donde debe hacerlo.
Si le llegase una carta de embargo o algo, acuda al juzgado.
Pablo.