Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
El piso que se alquila esta ubicado en la Comunidad de Madrid.
Nursaro: el importe de los sellos se deduce de la legislación sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas, ya que el alquiler es uno de los hechos imponibles sujetos a dicho impuesto.
Una pequeña pega, propia de nuestro Estado de las Autonomías es que en principio puede haber cesión de algunas competencias en dicho impuesto, y en particular sobre su tarifa. No soy de Madrid, pero por lo que he estado consultando en internet parece que la CCAA de Madrid no tiene recargos para ese impuesto. De todas formas puede asegurarse visitando la Consejería de Hacienda de la CCAA de Madrid, donde le dirán si es así o no.
En caso de que NO haya recargo, el importe se deducirá de la tarifa que se encuentra en el art. 12 del Texto Refundido sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Juridicos Documentados, que es la normativa estatal de aplicación. La puede encontrar rapidísimamente en la página noticias juridicas y hacer los cálculos oportunos.