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angeles lopez

inquilino/a

Puede el ayuntamiento de madrid sacar a subasta edificios enteros sin ofrecerselos primeramente a los inquilinos

Contrato de alquiler de 10 años y solo llevamos 5 años.

  • Preguntado por: angeles lopez
  • Hace 13 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Domus

    Domus

    casero/a

    El artículo 25 de la LAU establece lo siguiente:

    7. No habrá lugar a los derechos de tanteo o retracto cuando la vivienda arrendada se venda conjuntamente con las restantes viviendas o locales propiedad del arrendador que formen parte de un mismo inmueble, ni tampoco cuando se vendan de forma conjunta por distintos propietarios a un mismo comprador la totalidad de los pisos y locales del inmueble.

    Por tanto no hay derecho de tanteo y retracto, pero el nuevo propietario deberá respetar el contrato actual en todas sus condiciones.

    • Respondido por: Domus
    • Hace 13 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Lee el artículo 25-7 de la LAU:

    No habrá lugar a los derechos de tanteo o retracto cuando la vivienda arrendada se venda conjuntamente con las restantes viviendas o locales propiedad del arrendador que formen parte de un mismo inmueble ni tampoco cuando se vendan de forma conjunta por distintos propietarios a un mismo comprador la totalidad de los pisos y locales del inmueble.

    Saludos - Papeleos Alquiler.

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