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ALBERTO

inquilino/a

Correo electrónico del casero: Me quita casi toda la fianza
¡Hola! Buenas tardes
Os remito lo que me ha puesto textualmente el casero,espero que alguien me pueda decir algo:
Con fecha de hoy he realizado transferencia a vuestra cuenta por un importe de 33 euros. La liquidación es la siguiente: 800 - 667 - 100 = 33 euros 
      
El desglose es: 

- Fianza: 800 euros 

- Indemnización por desistimiento: -667 euros 
Dado que la ARRENDATARIA ha desistido el contrato de Arrendamiento al término del segundo mes sin haber completado la anualidad, de conformidad con lo establecido en las Cláusulas Tercera y Sexta del Contrato de Arrendamiento  firmado el 24 de julio de 2014  y en el artículo 11 de la LAU, la ARRENDATARIA  debe indemnizar a la ARRENDADORA con el importe de 667 EUROS, calculado como  las 10/12 partes del importe de una mensualidad. 

- Reparación de desperfectos no imputables al normal uso o desgaste propio por el tiempo listados en el contrato de resolucion de 29 de septiembre de 2016: -100 euros. Se adjunta factura correspondiente a la reparacion por importe de 275 euros. Los desperfectos hacen necesario que se pinten las estancias correspondientes para que el resultado sea uniforme. Dado que no es posible desglosar en la factura el importe correspondiente a la reparación de los desperfectos del importe correspondiente al pintado del resto de superficies, se repercute a la ARRENDATARIA el importe de 100 euros, cantidad fijada en la Jurisprudencia para una pequeña reparación.
  • Preguntado por: ALBERTO
  • Hace 8 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (11)
ALBERTO ha sido el primero en contestar
Oscar Aparisi ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    No iba a transcribir el finiquito?
  • ALBERTO

    inquilino/a

    Espero que puedan comentar algo mas
    • Respondido por: ALBERTO
    • Hace 8 años
  • ALBERTO

    inquilino/a

    Espero que puedan comentar algo mas

    • Respondido por: ALBERTO
    • Hace 8 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Pues si ha desistido a los 2 meses de la segunda prórroga, en mi opinión no cabe cobrar indemnización por desistimiento anticipado.

    Eso si... faltaría saber la opinión de los jueces pues es una disputa que aún no ha llegado a los tribunales... O al menos nuestros abogados Pholmo y Pelayo de Salvador no nos han comentado nada...
  • ALBERTO

    inquilino/a

    Piscis tres
    Voy a buscar el documento de resolucón de contrato y os lo transcribo
    Gracias a todos por vuestras respuetas
    • Respondido por: ALBERTO
    • Hace 8 años
  • ALBERTO

    inquilino/a

    Amparo BB
    He desistido al segundo mes, pero llevaba 2 años anteriormente. En total 2 años y dos meses, avisando con 30 días de antelación. 
    El casero me ha cobrado los 10 meses que me quedaban de contrato, con la fianza en su parte proporcional
    • Respondido por: ALBERTO
    • Hace 8 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Sería conveniente ver el documento de resolución del contrato, lo puedes llevar a un abogado para que lo lea y te asesore, o nos lo transcribes sin mencionar nombres y direcciones para que te podamos dar nuestra opinión.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Hola

    Si usted ha desistido al segundo mes... pague y calle no se vaya a enterar su casero de que, además,  puede exigirle 4 meses.

    La ley NO PERMITE desistir antes de 6 meses... Es decir, los primeros seis meses hay que pagarlos si o si.
  • ALBERTO

    inquilino/a

    Hola
    Firme un papel donde acordamos los desperfectos. En lo que no estoy de acuerdo es en el precio, que me parece excesivo. En ese escrito no ponía nada de la indemnización por desistimiento de contrato.
    Un saludo
    • Respondido por: ALBERTO
    • Hace 8 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Hola,
    Firmaste el contrato de fin de arrendamiento??
    Siempre que se finaliza un arrendamiento, hay que plasmarlo en un contrato de fin de arrendamiento, en este contrato, se deberá reflejar en que condiciones está la vivienda en el momento de abandonarla, el estado de la luz, gas y agua, y que incidencias hay en el fin de arrendamiento. Una vez pasados 30 dias de esta firma, el arrendador le tendrá que devolver la fianza, y le podrá descontar o reclamar lo que en este contrato se refleje, y los contadores consumidos por usted.

  • ALBERTO

    inquilino/a

    Me cobra por 4 desconchones 100 porque no se puede desglosar. ¿¿Se puede hacer eso?? He visto por internet presupuestos por enyesado de paredes
    ¿Puede quitarme 667 euros directamente de la fianza?
    • Respondido por: ALBERTO
    • Hace 8 años
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