Creo que tu pregunta debería ir dirigida al banco emisor de la tarjeta.
Si te dicen que según el reglamento de la tarjeta, los comercios no deben cobrar recargo, (que yo creo que no deben, todavía, pero podrán en un futuro no lejano) entonces podrás poner una reclamación en el área de consumo de tu ayuntamiento.
Si el inquilino es uno y subarrienda por habitaciones sin permiso escrito del arrendador, éste si se entera y presenta demanda judicial, provocará la rescisión del contrato y el lanzamiento del inquilino y subarrendatarios.
Si el arrendador alquila por habitaciones se rige por el Título VI del Código Civil. Este arrendamiento no se rige por la L.A.U.-
Se pacta por meses, semanas,..... Si la renta se paga por meses, terminado el contrato, éste se renovará cada mes hasta que una de las partes lo dé por concluido. Estos contratos no tienen derecho de prórroga.
Código Civil.- Del uso y de la habitación
Artículo 524 El uso da derecho a percibir de los frutos de la cosa ajena los que basten a las necesidades del usuario y de su familia, aunque ésta se aumente. La habitación da a quien tiene este derecho la facultad de ocupar en una casa ajena las piezas necesarias para sí y para las personas de su familia.
Artículo 525 Los derechos de uso y habitación no se pueden arrendar ni traspasar a otro por ninguna clase de título.
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