Alejandra en Derecho las palabras son muy importantes. El inquilino no tiene que "declarar" su alquiler, eso corresponde al casero. El inquilino lo que si hace es consignar su domicilio como vivienda alquilada y, si le corresponde, puede deducirse por el alquiler pagado, en su caso no puede acogerse a la deducción estatal que ha desaarecido, pero debería comprobar si puede acogerse a la deducción autonómica.
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