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Me gustaría saber si las cuotas de la comunidad de vecinos me pertenecen a mí como inquilina o si es del dueño del piso.
La ley no especifica que obligatoriamente deba hacerse cargo de estos gastos uno u otro, sino que permite pactarlo entre las partes. Por tanto, deberá atenerse a lo que diga su contrato de arrendamiento.
Si en éste se acuerda que sea el inquilino quien corra con los gastos de comunidad y se especifica su importe, usted deberá hacerse cargo. De otra manera, será el arrendador quien esté obligado al pago.
Frente a la comunidad responde el propietario. NO obstante ello se suele pactar en los contratos que el coste de la misma se pueda repercutir al inquilino, lo cual es perfectamente legal. La comunidad sólo podrá reclamarle al propietario, pero este, si consta en el contrato, se lo podrá reclamar al inquilino.