Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
¿tiene el arrendador obligación de declararla en la cámara de la propiedad?
Si habeis firmado un contrato de alquiler, la fianza la ha de ingresar en la Cámara de la Propiedad en Cataluña, en otros sitios en otros organismos.
En cuanto a la altura, no lo tengo muy claro, pero por ejemplo en Cataluña en decreto de Cédula de habitabilidad, del que te adjunto el siguiente enlace :
http://www.cedulahabitabilidad.net/leyes/decreto55.php
dice :
3.5 Altura mínima habitable.
La altura libre entre el pavimento acabado y el techo debe ser como mínimo de 2,50 m. En el caso de cámaras higiénicas, cocinas y espacios de circulación, esta altura no será inferior a 2,20 m. En el caso de cubiertas inclinadas, el valor medio de la altura mínima no debe ser inferior a 2,50 m.