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Otra cuestión, y gracias de antemano por las ágiles respuestas. Si al casero se le olvida actualizarme el ipc al año del contrato (mes de junio de 2013), ¿tiene que esperar al siguiente mes de junio (2014) o puede hacer una actualización no anual (por ejemplo, de junio de 2012 a diciembre de 2013)?
Hola hiri:
sin perjuicio de la respuesta de mi compañero Pholmo, le sugiero la lectura del siguiente enlace
http://letradosalquileres.es.tl/Actualizacion-renta-contrato-vivienda-posterior-al-1_1_1995.htm
reciba un cordial saludo.
Puede hacerlo, sin efectos retroactivos, en cualquier momento transcurrido el plazo anual o cualquiera d las siguientes prórrogas.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57 € por minuto desde móvil).