Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Si sale a cuenta hacerlo por mi cuenta o por agencia
El contrato de arrendamiento no es necesario inscribirlo en el Registro, y si se decidehacerlo hay que otorgarlo ante notario con lo cual el csto se dispara.
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/