Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

mofulo_78

casero/a

Duda sobre Certificado eficiencia energética. No sé si estoy obligada ya que mi apartamento hace menos de 48m2 útiles.

Quedan excluidos:

.....

  1. Edificios industriales y agrícolas, en la parte destinada a talleres, procesos industriales y agrícolas no residenciales.
  2. Edificios o unidades de edificios aislados con una superficie útil total inferior a 50 m2.
  3. Edificios que se compren para reformas importantes o para su derribo.
  4. Edificios o partes de edificios existentes de viviendas con un uso inferior a cuatro meses en un año, o bien durante un tiempo limitado al año y con un consumo previsto de energía inferior al 25% de lo que resultaría de su utilización durante todo el año.
  • Preguntado por: mofulo_78
  • Hace 11 años
  • Categoría: Eficiencia energética
Respuestas (6)
rafaelamaria ha sido el primero en contestar
  • mofulo_78

    casero/a

    Gracias a todos!

    ayer llamé al Instituto de energia de Catalunya y me dijeron lo mismo que sí estoy obligada.

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Rafa, te informaron mal, solo están exentos si son aislados.

  • certi-energetico

    certi-energetico

    profesional

    Como ya le han indicado, está obligada si su apartamento forma parte de un edificio de apartamentos. La excepción de los 50 m2 según tengo entendido,pensando en casos de pequeñas construcciones aisladas con uso residencial como son, a modo de ejemplo, cabañas, vestuarios, bodegas merendero habituales en el Norte de España, etc.

    www.certi-energetico.com

  • Ingeniero Humberto

    Ingeniero Humberto

    inquilino/a

    La clave está en la palabra "aislado" que está definido en el Código Técnico, pero para no complicar: si tienes vecinos entonces sí necesitarás dicho certificado sin importar la superficie útil.

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Si es un apartamento situado en una finca o urbanización si que estás obligada.

    Estás obligado en caso de venta o alquiler de + de 4 meses

  • rafaelamaria

    casero/a

    Como tenía la misma duda , hice esta pregunta al abogado de la Cámara de la Propiedad donde resido, la respuesta es que inmuebles de 50 metros o menos no estan obligados a hacer el certificado energetico.

Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas