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En el estado que se ecuentra es imposible obtener el cert.de efic. energética. ¿Estan contemplados estos casos en la ley? La venta se realizará con posterioridad al 1 de Junio. Gracias de antemano por su respuesta.
Buenas tardes,
No es obligatorio ya que la vivienda necesitará grandes reformas o demolición, pero sería bueno que lo especifíque en la oferta publicitaria para tener informados en todo momento a los consumidores y así no correr el riesgo de infringir la ley.
Saludos
No es obligqtorio, pero debe quedar constancia en el contrato de esta circunstancia.
Disculpa, mi respuesta anterior tal y como la redacté era confusa.
No es necesaria si se compra para efectuar una reforma importante ya que no tiene sentido certifcar un inmueble cuya clasificación energética va a cambiar en el espacio de tiempo que duren las obras.
Supongo que como no existe todavía un desarrollo del Decreto, para evitar posibles problemas, deberá figurar bien en el anuncio o bien en el contrato que el objeto de la venta es la demolición o reforma.
Si, el decreto contempla que los edificios que se compren para reformas importantes o demolición no precisan certificado.
Luego depende del estado y las obras que necesite ya que lo de reforma importante es bastante inconcreto.