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Buenas tardes, el propietaro del piso en el que estoy de alquiler (constructor) perdio el piso con el banco Bantierra ; me ha llegado un comunicado del juzgado de Terrassa diciendo que tengo que desalojar el piso dentro 2 meses, aun teniendo contrato en vigor y pagando mi alquiler al día; en ningun momento los nuevos propietarios (Banco) me han llamado para gestionar el cambio y la inmobiliaria (URBE Group de terrassa) dice que sabían del cambio de propietario pero no de una orden de desalojo.
mi pregunta es: Que tengo que hacer? ponerme en contato con la parte contraria?, enseñar los recibos y pagos al día mas en contrato vigente al que le quedan 2 años??pagar un abogado? la inmobiliaria tiene algo de responsabilidad en ello, ya que ellos son los que cobran mes a mes??
Le recomiendo que contrate un abogado para que le asesore, pq incluso que se tuviera que ir, es posible que pueda reclamar los daños y perjuicios ocasionados. Ahora solo falta saber a quién.
Efectivamente segun la fecha de su contrato el banco debería respetarlo, no obstante como tiene esa orden de desalojo debería acudir de inmediato al Juzgado para averiguar porque no le han citado previamente, es posible que el dueño no haya comunicado que el piso estaba alquilado desde hace casi tres años.
Gracias Leon y Pedro por responder tan pronto, SI en contrato esta vigente y es hasta Septiembre del 2016; entramos a vivir en el piso en Septiembre del 2011, Si, es un contrato con una inmobiliaria y esta incrito por que tenemos una fianza avalada por INCASOL de la Generalitad de Cataluña.
Estuve leyendo algo de una Ley en la que el nuevo propietario tiene que respetar el contrato antiguo por que fue elaborado antes de la nueva ley de alquileres. Espero que esto sea así, todavía no puedo entender por que no se nos ha notificado antes la situación, ya que no tenemos ningun problema en seguir pagando al nuevo arrendador, esto me genera un estres enorme, como comprenderá la jurisprudencia para el común de las personas es ajena en ciertos termino. espero solventar esto de alguna manera por que cambiaria radicalmente la dinamica diaria de mi familia a demas de la perdida de dinero por la nueva inversión si se diera el caso de mudarnos a otro sitio, nuevamente muchas gracias por contestar.
Si lo que ha recibido es un auto del Juzgado acordando el lanzamiento me temo que tiene escasa defensa ante el Juzgado.
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Carlos: imagino que su contrato de arrendamiento no estaba inscrito en el Registro de la Propiedad. Si es así, y con los datos que proporciona, deduzco que su contrato de arrendamiento se ha extinguido.
Para contestar (si quiere) al escrito del Juzgado no va a quedarle más remedio que asesorarse con un abogado.
Yo creo que si intenta hablar con el banco igual puede sacar algo de provecho para Ud.