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Entonces, si el inquilino paga las rentas pendientes antes de celebrarse el juicio hay que seguir con el proceso para que el propietario recupere el dinero invertido en abogado y procurador?
Buenos días,
Si el inquilino paga las rentas, las costas de abogado y procurador y los intereses antes del juicio el mismo se suspende y el inquilino tiene derecho a seguir viviendo en la vivienda.
Esta opción sólo la tiene una vez durante toda la vida del arrendamiento.
Si tienes cualquier duda puedes ponerte en contacto con nosotros y trataremos de ayudarte y de quedar a tu entera disposición.
Un saludo
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T.653209052
Si, y para que si vuelve a retrasarse, y volvieses a tener que ir al juzgado, poder rescindir esa vez el contrato.