Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
En un contrato de alquiler, a nombre de una empresa, figura uno de los socios como fiador solidario, ¿significa que en caso de que no responda con los pagos dicha empresa, se responsabiliza al fiador solidario?
Tampoco es para nota, es la forma habitual es que se presta un aval.
pedro Martínez
Abogado
5001@icagr. Es
Uff, gracias a todos, la empresa me intetó hacer un lío antes de firmar el contrato, pero por lo que veo la gestoría que me redactó el contrato (hace 3 años) se percató y puso esta modificación, que yo en su día no le di importancia y ahora le doy un 10 a la gestoría.
Significa que podrás ir directamente contra el fiador, con independencia de la solvencia de la empresa.
luego entonces, si renuncia ¿se va contra los bienes del fiador aunque la empresa sea insolvente?
El beneficio de excusión es el derecho que tiene el avalista de oponerse a pagar en tanto el acreedor no haya ejecutado todos los bienes del deudor.
Mediante el uso de este derecho el avalista le dice al acreedor que se dirija en primer término contra los bienes del deudor principal antes de dirigirse contra él.
¿que significa renunciar a los beneficios de orden y exclución?
Sin perjuicio de la respuesta de bcs convendría leer esa cláusula de fianza solidaria, para saber si se excluye o no el beneficio de excusion. Eca le recomiendo leer en mi blog el art. Avalistas y fiadores
Gracias bcs.
Garante o fiador solidario es aquella persona física o jurídica que responde por el total de la deuda de igual forma que el titular del contrato (arrendatario), es decir que en caso de impago por parte de la empresa arrendataria en este supuesto, el arrendador podrá reclamar el total de la deuda al socio que suscribe como fiador sin que sea necesario repartir la deuda entre arrendatario y fiador.