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Además me puede perjudicar de alguna forma con la Ley, Hacienda, etc.. que el contrato de alquiler (ya caducado por no renovación ante el impago de los recibos) que no este declarado.
La infracción por falta de depósito de la fianza nada tiene que ver con la obligación de pagr que incumbe al inquilino, tampoco el hecho de no haber declarado en IRPF ese alquiler que puede provocar una liquidación "paralela" de la AEAT.
Gracias por tu contestación y efectivamente me refiero a la renta. Sabes si la multa es cuantiosa y que pasos o como hay que seguir para formalizar la denuncia de lsa rentas impagadas y en su caso el deshausio.
saludos,
...ya caducado.-
Si es de vivienda habitual se prorroga ( sin hacer nada) hasta los 5 años. Ysi el arrendador no comunica rescisión, hasta tres años más.
El contrato es válido, lo máximo una sanción si no se hizo el depósito de mensualidad de fianza en C. A.-
Al hablar de recibos ¿ hablas de renta o suministros?.
saludos,