¿Tendría que indemnizar al casero si me voy antes del año?
Hola a todos, estamos en paro y no podemos seguir en el piso, del momento no les debemos nada, tampoco queremos quedarnos sin pagar, así que hemos decidido irnos a casa de mi madre, mi pregunta es si nos vamos antes del año, tendríamos que indemnizar al casero o no? En la cláusula de duración pone que "No obstante, ambas partes acuerdan que podran rescindir de forma unilateral el presente contrato de arr. siempre y cuando medie comunicación fehaciente a la otra parte, con un preaviso mínimo de treinta días, sin que ello de lugar a reclamación o indemnización alguna" Nosotros pensábamos irnos al final del mes, entonces no podemos decírselo con 30 días de aterioridad... ¿Algún consejo?
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