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Según la nueva ley del alquiler:
Abandonar la vivienda: Se establece la previsión de que el arrendatario pueda desistir del contrato en cualquier momento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses y lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días.
Mi duda es: ¿qué pasaría con la fianza en el caso de que abandanose la vivienda en alquiler después de esos 6 meses y avisando con más de 30 días de antelación? ¿la perdería igualmente o el casero me la tendría que devolver?
Gracias
Primero puntualizar que esa modificacion legal solo afecta a los contratos firmados con posteriridad a la misma.
En la cuestion de fondo hay que distinguir renta de fianza. la fianza no se devuelve sino transcurridos 30 dias desde la entrega de llaves y su devolucion dependerá de que no existan partidas con las que compensarla, esto es, suministros pendientes, daños o desperfectos en la vivienda, etc.
Pedro Martínez
Abogado
5001@icagr.es