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AGG

inquilino/a

¿Se puede dejar el alquiler del piso antes de terminar el primer año de contrato? ¿Cuánto se le debe indemnizar al arrendador

Firmamos el contrato el día 1 de octubre de 2012 pero nuestra sorpresa es que el primer recibo de luz es de 800 euros y sin pasar calor, puesto que nos dijo que la calefacción era eléctrica de calor azul y eso no es cierto y esta factura ha sido de 400 euros pero estando a 13º y 17º y con un solo radiador, vamos que así no se puede vivir y nos queremos cambiar por ese motivo de piso, pero no sabemos si lo podemos hacer porque no hemos terminado el año ni cuánto tendríamos que indemnizarle, he estado mirando la ley y entiendo que es la parte proporcional de una mensualidad por año, pero si me lo pueden asegurar se lo agradecería.

  • Preguntado por: AGG
  • Hace 11 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Antes de abandonar un alquiler sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas conviene recordar el viejo brocardo,   pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos-, y también, mientras no se modifique,  que tan obligatorio es para el casero mantener al arrendatario en el disfrute de la vivienda o local por el tiempo pactado, como para éste pagar la renta correspondiente a ese periodo de tiempo.

    Por lo tanto aunque en el contrato no se especifique el pago de indemnización para el inquilino que decida romper unilateralmente el contrato sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas, ello no puede interpretarse como que la misma es inexigible, el arrendador que se ve frustrado en el cobro de los alquileres pactados sin una razón justificada, puede reclamar al inquilino una indemnización por incumplimiento de contrato, el importe de la misma lo determinará el Juez si ambas partes no llegan a un acuerdo previamente.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y  si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
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