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Juan

inquilino/a

¿Qué se considera causa justificada para abandonar el alquiler de una habitación?

En mi contrato de arrendamiento de una habitación (en un piso compartido) consta la siguiente clausula:

"Este contrato tendrá una duración de 12 mensualidades quedando comprendidos del [fecha] al [fecha]. Bien entendido que si por causas no justificables quisieran abandonar la vivienda tendría que ser satisfecho la totalidad del precio pactado."
¿Que se entiende por "causas justificables"? ¿Serían justificables por ejemplo, la necesidad de un cambio de residencia por una oferta laboral? ¿Incompatibilidad con compañeros de piso? ¿Que otras causas serían consideradas como justificables?
Me parece un concepto muy poco concreto. 
Gracias.

  • Preguntado por: Juan
  • Hace 8 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (4)
Piscis tres ha sido el primero en contestar
Piscis tres ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Juan:

    Coincido con las respuestas anteriores y le sugiero la lectura del siguiente enlace:

    http://letradosalquileres.es.tl/El-contrato-de-habitacion.htm


     reciba un cordial saludo.



         http://letradosalquileres.es.tl 
  • Juan

    inquilino/a

    Gracias por vuestra respuesta PHOLMO y Piscis tres. Únicamente hacer un inciso, El alquiler consiste en una habitación, (he leído en este foro que está fuera de la LAU) de un piso compartido.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 8 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Coincido con Piscis es una redacción bastante desafortunada, ni siquiera han puesto causas justificadas, causa justificable escualquier motivo que pueda ser acreditado.
    Para ampliar más o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá mi atención  directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur ./min. desde móvil)
    http://www.pedrohernandezabogado.com/
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Si contrataste independientemente de los demás que ya están viviendo en el piso, el alquiler de una habitación, yo diría que nos hallamos ante una " clausula tonta" en perjuicio del arrendador, ya que te beneficia en el sentido de permitirte desistir del contrato en cualquier momento, alegando un motivo, más o menos razonable, sin tener que esperar a los seis meses obligatorios que la LAU te impone. 
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