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usuario eliminado

Rescindir el contrato, ¿qué pasa con la fianza?

Buenos días  Tengo un contrato firmado desde 1 de Septiembre de 2015, el contrato es de un año. Antes de firmar, me informé con la agencia inmobiliaria que me dijo que si dejase el piso pasado seis meses me devolvería la mitad de la fianza.  Ahora he comunicado a la agencia de dejar el piso el 29 de Febrero, justamente seis meses pero me dijo que el dueño se va a quedar con toda la fianza. ¿Es eso posible?  Esto es lo que pone en el contrato: En todo caso, la arrendataria podrá desistir del contrato del arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis mese de vigencia.... En este caso, el arrendatario indemnizara al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor, por cada año del contrato que reste por cumplir, indemnizan que no podrá imputar a la fianza arrendaticia. Los periodos de tiempos inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización. Gracias de antemano. 

  • Preguntado por: Usuario dado de baja
  • Hace 8 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (6)
Piscis tres ha sido el primero en contestar
Jan Abogado ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola isma:

    La indemnización correcta es la pactada en el contrato. Pese a ello, la fianza no se imputará al pago de la citada indemnización, salvo pacto expreso entre las partes.

    reciba un cordial saludo.



         http://letradosalquileres.es.tl 
  • usuario eliminado

    Lo que pasa es que hasta ahora ni el dueño ni la inmobiliaria ha venido a revisar el piso. Sin saber de los desperfectos ya se quieren quedar con la fianza. Preguntándole al inmobiliario del porque me contesta de que es porque el contrato es de 1 año y no he vivido ese año, sin coincidir con lo que me dijo al principio de quedar con la parte proporcional, principal razón por lo que firme el contrato.
    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 8 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Es que la fianza, tal como te he dicho antes, es para cubrir desperfectos o deudas de suministros en la vivienda, por tanto te podrán deducir de ella, el importe de las reparaciones por daños en el piso que hayas causado y por suministros pendientes de pago hasta lo que marque el respectivo contador el día del cese y entrega de llaves, que tiene que ser documentado con la firma de las partes. 
  • usuario eliminado

    Entonces solo puede quedarse con la mitad de la fianza?  Que debo hacer si se quiere quedar con toda la fianza? 
    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 8 años
  • usuario eliminado

    Hola, lo he comunicado hace bastantes días, creo que con una antelación de mas de 35 días.
    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 8 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Si al decir ahora he comunicado...., te refieres a hoy, tendrás que permanecer en la vivienda hasta el próximo día 9 de Marzo. teniendo que indemnizar al arrendador con el importe de quince días de renta, la fianza simpre queda a las resultas de deudas o desperfectos que puedas dejar en la vivienda.
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