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Eva

inquilino/a

Anulación del contrato por ratas
Buenas, hace unas semanas nos dimos cuenta que teníamos ratas viviendo en las paredes del edificio y asomaban la cabeza por nuestra cocina. Al desmontar la cocina entera porque escuchábamos el sonido de "animalarios" y finalmente, retirar el zócalo porque no encontrábamos nada dentro del mueble ni desperfectos, descubrimos (a parte de un fuerte hedor a "caja de hamster sin limpiar desde hacía mucho") un agujero en la pared de dimensiones considerables (más grandes que un puño de hombre adulto) por el cual asomaban la cabeza las ratas. Inmediatamente llamamos al propietario (por las confianzas) el cual era conocedor de dicho agujero porque lo dejaron al hacer la reforma de la cocina (¿?) y nos dijo que él no se haría cargo de desratizar.  Se lo comentamos a la agencia por si la gestión era más sencilla con ellos y nos dijo que le pasaría un número de teléfono al propietario para que lo solucionara que nunca le llegó a dar.
Finalmente la solución que nos dieron e hicieron fue la de venir el propietario a cerrar el agujero para que no pudiesen acceder de nuevo a la vivienda (al menos por allí) y ya está. 
El caso es que de la desinfección del suelo de todo lo que hay detrás del zócalo la tuve que hacer yo misma (las heces y pipis de rata transmiten enfermedades).
Mi pregunta entonces es: Tenemos contrato de 3 años, 1 obligatorio puesto que si nos marchamos antes nos sancionan con pagar lo que quede de la primera anualidad. Debido a la gestión del tema (pésimo e insalubre bajo mi punto de vista) y que prácticamente nos ignoraron con el tema de la higiene y salud, ¿existe legalmente la posibilidad de Rescindir el contrato antes del primer año sin que nos sancionen? Añado que las ratas supongo que se siguen paseando cuando las cloacas se inundan con las lluvias por las paredes del edificio.
Muchas gracias y disculpen las molestias. Un saludo!

  • Preguntado por: Eva
  • Hace 6 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (3)
nacho ha sido el primero en contestar
Eva ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Tendrían que enfocar el asunto en sentido contrario, con los datos que aporta es el casero quien está incumpliendo ese contrato, en cuanto no proporciona al inquilino el disfrute pacifico de la vivienda, por lo tanto vds podrían exigirle los daños y perjuicios dimanantes de ese incumplimiento 
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 6 años
  • Eva

    inquilino/a

    Gracias Nacho, entonces, entiendo que si nos queremos ir antes del año, encima, debemos pagarle un mes? es así? Me estube informando y se ha vulnerado el articulo 27 LAU puesto que tengo escrito por Whatsapp directo del propietario que él: NO PENSABA hacerse cargo de la desratización. Además los vecinos dicen que no viene de ahora que hayan ratas que ya ha pasado antes que nosotros alquiláramos el piso. Con todo esto, ¿también se debe indemnizar con un mes por año al irse antes?

    Gracias de antemano.
    • Respondido por: Eva
    • Hace 6 años
  • nacho

    nacho

    casero/a

    El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización.

    • Respondido por: nacho
    • Hace 6 años
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