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Hola !
Queremos dejar el piso porque hemos tenido un problema con nuestro casero y ya no estamos a gusto en el piso. La abogada que nos hizo el contrato dice que después del año nos podemos ir, pero leyendo lo que pone el contrato no estoy segura:
"El plazo de duración del contrato es de 1 año y comenzará a regir a partir del día de hoy en que se procede a la entrega de llaves. No obstante la arrendataria podrá renovar anualmente el contrato de conformidad con lo que establece la ley hasta un plazo máximo de cinco años.
Dicha renovación no tendrá lugar si la arrendataria hace constar por escrito su renuncia con 30 días de antelación al plazo inicialmente pactado o de cualquiera de sus prórrogas legales. "
¿Tengo que esperar a la siguiente prórroga o me puedo ir ya?
Gracias!
O esperas a la siguiente prórroga o acordáis con el casero una rescisión del contrato
Para irte con la ley en la mano sí, debes esperar al mes 23 para comunicarlo e irte en el mes 24.