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Llevo dos meses viviendo en un piso de alquiler y en el contrato me pone que es obligatorio estar un año mínimo, sino tendria que pagar el año igualmente. Pero, ahora bien, me quiero ir porque la convivencia con los vecinos es insostenible (ruidos, música de madrugada, gritos, ...). Ya hemos intentado hablar con ellos y con el presidente, pero la cosa no cambia.
¿Por un motivo como este, se podría impugnar el contrato??
Siento decirte que los únicos motivos que contempla la LAU para que el inquilino pueda demandar al juzgado la resolución del contrato son: la no realización por parte del propietario de obras necesarias para mantener la habitabilidad de la vivienda, o las perturbaciones hecho o de derecho que realice el arrendador en la utilización de la vivienda.
Para que \"la cosa caMBie\", deberíais llamar a la policía cuando los vecinos perturben la tranquilidad de esa manera.
Quizá tras alguna denuncia que otra por parte de los demás vecinos entren en razón. Porque supongo que los ruidos molestarán a todos los vecinos, no sólo a ti.
Partiendo del hecho de que no pueden dar por terminado el arriendo unilateralmente, deberían sopesar si las circunstancias que describen pueden ser causa de resolución por incumplimiento del arrendador. Si es así intentar llegar a un acuerdo de finiquito y si no lo consiguen y persisten en marcharse acudir al Juzgado para que zanje la discusión.
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