Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
He estado tres años en un piso de alquiler que dejé en octubre. Lo alquilé mediante unas fincas y he cumplido el contrato a rajatabla. Cuando dejé el piso, las fincas hicieron una supervisión del estado del piso y estaba todo correcto, tal como estaba cuando yo entré. La propietaria del piso se niega a devolverme la fianza, alegando que ha tenido que cambiar la campana de la cocina (que tiene bastantes años de antigüedad) y algunas otras cosas que no tienen nada que ver con mi estancia en el piso. Los de las fincas, como intermediarios, me han dicho que están a mi favor, que la razón la llevo yo pero que ellos no pueden obligar a la propietaria a pagarme. No tengo solvencia para pagar un abogado, así que voy a tener que gestionarlo todo yo. ¿Qué puedo hacer?
¿La carta podría ser algo así? ¿Cambio algo? ¿Me he dejado algo?
"Muy Sra. Mía:
Me dirijo a Ud. para recordarle su deber como arrendadora e insistir en su obligación de devolverme la fianza del piso que me alquiló en c/ xxx de
Barcelona, durante el período comprendido entre xxx y xxx de 2011.
Debido a su negativa de cumplir el contrato que firmamos ambas y por el que debe abonarme un importe de xxx€, en concepto de fianza del piso
que me alquiló, exijo, en el menor período de tiempo posible, la devolución de tal fianza, por valor de xxx€, además de los intereses legales derivados
de este importe, fruto del impago. Recordarle, además, su ineludible obligación de devolverme tal importe, cometiendo, si no es así, un
incumplimiento de contrato. Le hago constar, a continuación, el punto 4 del artículo 36 de la Ley de arrendamientos urbanos, el cual explica
claramente su deber como arrendadora. Transcribo textualmente:
“El saldo de la fianza en metálico que deba ser restituido al arrendatario al final del arriendo, devengará el interés legal, transcurrido un mes desde
la entrega de las llaves por el mismo sin que se hubiere hecho efectiva dicha restitución.”
Así mismo, y si no recibo su afirmativa en el período de tres días, a partir de la fecha de hoy, le comunico que voy a abrir un proceso monitorio
contra Ud."
En este caso y teniendo en cuenta el tiempo transcurrido considero un gasto inutil los 25 euros del burofax, si acaso reclameselo en carta ordinaria anunciando el monitorio En breve plazo, tres días, así se asegura que se entera de la reclamación, el burofax se expone a que no lo recoja, y no lo necesita para nada al presentar el monitorio.
para poner un juicio monitorio no necesita abogado nio procurador, como le han dicho.
http://www.pedrohernandezabogado.com/
llame al 807 520 008 Para consultarme directamente. Precio llamada: (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
Gracias por vuestras respuestas. Me lo estoy leyendo todo y TELA, de lo que me tengo que empapar para hacer esto bien... al no estar familiarizada con el lenguaje jurídico, se me hace algo dificil. Lo primero que voy a hacer es redactar un burofax, como dice Pablo.
¿Podríais enseñarme una plantilla, para saber cómo exponer los hechos de la manera más eficaz?
¿Serviría de algo si, además, pongo una denuncia en los mossos?
Gracias de nuevo.
Tenia entendido que no era necesario el burofax en este caso, pero si así se aviene a razones quizás le salga mas a cuenta.
antes de ir al juzgado, exigaselos por burofax, incluyendo los intereses legales e indicando claramente que se expone a una demanda judicial.
Deberia hacerle entender sus obligaciones, digo yo.
Sino, monitorio.
Pablo.
Te dejo un link a la lau http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/lau.htm
ahi en el articulo 36 se habla de tu problema.
espero que esto te ayude
Que la propietaria va a tener que pagar bastantes intereses de demora. Vaya al juzgado y pida informacion y los formularios necesarios y hágalo cuanto antes.
Desde que dejé el piso, han pasado ya 6 meses. Condiciona esto en algo?
Pues si no constan desperfectos en el documento debe devolversela en 30 días, si no es asi puede interponer un proceso monitorio, que no necesita de abogado ni procurador. Pero esto probablemente alguno de los abogados del foro se lo pueda explicar mejor.
Firmé un documento de fin de contrato y no había ningún desperfecto.
Para empezar, ¿firmó algun documento de fin de contrato al dejar el piso dejando constancia del estado? Si es así, y todo estaba correcto deberian haberle devuelto la fianza en 30 dias, y si dejasteis constancia de desperfectos deberá aportar factura del arreglo, si no hicieron el documento es posible que tengas un problema.
Un saludo.