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cuny

casero/a

Tengo un piso alquilado con contrato por un año
¿Qué puedo hacer si el inquilino no cumple el contrato de un año y se va a los 6 meses y avisándome sólo 20 días antes? yo pensaba que tenía que cumplir el contrato de un año y que si no lo cumple tiene que pagar algo.
  • Preguntado por: cuny
  • Hace 15 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (2)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    En mis posts
    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/04/mas-sobre-desistimiento-anticipado.html y
    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2008/12/desistimiento-del-inquilino.html considero que tienes cumplida respuesta a tus preguntas, no obstante me pongo profesionalmente a tu disposición para cualquier asesoramiento complementario.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Pensabas bien.
    Marcharse del piso antes del año, efectivamente, es incumplir el contrato.
    Los contratos se firman para ser cumplidos por ambas partes. La ley, da derecho al inquilino a estar hasta 5 años (a veces 8) , y la obligación de cumplir anualidades completas , y el casero también tiene la obligación de tener al inquilino (hasta 5 años si él quisiera) y el derecho a cobrar la renta de cada anualidad completa.

    Si el inquilino se marcha antes de tiempo y el casero le demanda, lo habitual, lo que la jurisprudencia ha dictado en ocasiones similares, (cuando las partes han acabado en los Tribunales) es que el inquilino deba pagar hasta que se termine la anualidad en curso o hasta encontrar a otro inquilino. Es decir, volver a alquilar la vivienda, le libera del pago.
    Además, y esto es lo más caro, el inquilino suele ser condenado en costas (abogados y procuradores de ambas partes)

    También es bastante normal que el inquilino ofrezca al casero una indemnización (a pactar) a cambio de firmar una resolución bilateral de contrato, y evitar un pleito desagradable, largo y caro.

    Le saldrá más barato pagar 2 ó 3 mensualidades (o la fianza) a modo de indemnización que un pleito con sus costas, y con una sentencia probablemente como la que te he comentado.

    Coméntale esto y negocia qué cantidad aceptarás como indemnización a cambio de no demandarle.

    Valora cuánto tiempo crees que podrías tener el piso vacío y eso es lo que él debería compensarte. No más.
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