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miquelang

casero/a

Con la nueva normativa, si realizo un contrato de alquiler ahora, en Julio/2013 y pacto no desestimar a los 6 meses, que pasa

Hola. Veo por la nueva normativa de la Ley de Arrendamientos, que el inquilino, aunque el contrato sea por 1 año, puede desestimarlo a los 6 meses. Si pactamos que no se pueda desestimar y que la duración mínima es de 1 año o se perdería la fianza, podría hacerlo? 

Mi piso está totalmente equipado y los inquilinos solo ponen la ropa de cama. Alquilo a estudiantes y suelen firmar solo por 1 año. Si resulta que ahora, a los 6 meses pueden irse, muchos aprovecharían para estar 6 meses, irse, y luego, alquilan otro y se van a los 4 o 5 meses y así, no aguantan la anualidad. No me parece lógico dado que negocian el precio a la baja aduciendo que, aunque sean estudiantes, se quedarán un mínimo de 1 año y al final, me acabarían tomando el pelo.

Dado que un contrato de alquiler es un contrato privado, no puedo  pactar las cláusulas que me parezcan correctas? Si el inquilino está de acuerdo en las condiciones antes de entrar en la vivienda y las acepta, yo no estoy engañando a nadie, correcto?

  • Preguntado por: miquelang
  • Hace 11 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (2)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Aunque efectivamente esta duplicada y respondida me parecequ equeda algo por contestar me refiero a la frase de miquelang: Dado que un contrato de alquiler es un contrato privado, no puedo  pactar las cláusulas que me parezcan correctas? Si el inquilino está de acuerdo en las condiciones antes de entrar en la vivienda y las acepta, yo no estoy engañando a nadie, correcto?


    1.- Todos los contratos entre particulares son privados, contratos públicos son los que se hacen con administraciones públicas: Estado, CCAA, ayuntamientos etc.2.- Los arrendamientosen España desde hace muchos años, mas de 80, está sometidos a limitaciones legales obligatorias que no pueden ser excluidaspor acuerdo de las partes.

     En http://www.pedrohernandezabogado.com/  estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.

    Para ampliar o aclarar esas dudas  pueden hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde serán atendido directa e inmediatamente (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur./min. Desde móvil)

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Duplicada y ya respondida.

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