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Hola,
Hace un mes avisamos a los propietarios del piso que rescindíamos el contrato por problemas económicos (mi pareja en paro y yo en ERE). Nuestro contrato en principio es de 2 años con prorroga anual hasta los 5 años. Nosotros llevamos 1 año, ahora nos dicen que tenemos que seguir viviendo en el piso hasta llegar a los 2 años o que se quedarán con las dos fianzas la legal y la adicional un total de 2.174,08 . Ya les entregamos la carta conforme nos marchamos y tuvimos una reunión con ellos, según después de la reunión nos dijerón que en dos dias se pondrían en contacto con nosotros, pero no lo ha hecho hasta que no ha pasado 1 mes y nos dicen eso. ¿Qué podemos hacer?
Quiero agradecer a todos, los comentarios acerca de mi opinión.
En especial a p. Granada,cuyas respuestas son una clase privada de derecho patrimonial; tiene toda la razón al criticar mi falta de rigor, intentaré completar mi segundo comentario, desafortunado por incompleto.
1.- El derecho a la justicia gratuita depende de tu renta no del hecho de ser inquilino, yo pensaba en el caso concreto aunque cometí un error. Queria decir que al encontrarse en paro es posible que tenga derecho al beneficio de justicia gratuita, pues este beneficio depende de los ingresos del que la pide, y le sugeriría a la inquilina que se informara en el colegio de abogados de su provincia.
2-Rebus sic stantibus es un principio de derecho una clausula complementaris de pacta sunt servanda.
Se dice, además, por alguna doctrina (PUIG BRUTAU, por ejemplo) que más que una cláusula, es un efecto más del contrato, que permite a los tribunales modificar e incluso resolver el contrato conforme a su arbitrio.
Esta frase suele utilizarse como complementaria del brocardo latino pacta sunt servanda (los pactos deben cumplirse) en la forma pacta sunt servanda rebus sic stantibus que significa los pactos deben cumplirse, mientras las cosas sigan así lo que habla de la obligatoriedad de cumplir los pactos (contratos) mientras las circunstancias existentes al momento de la celebración no varien. (de la wikipedia)-
En este caso las circunstancias respecto de cuando se firmó el contrato han variado, su pareja está en paro y en el momento de firmar no lo estaba. De lo que deduzco que podría utilizarse como argumento en el litigio, en defensa del inquilino, tiene derecho a dejar el piso por el paro sobrevenido. Para, los interesados en esta clausula, Diaz-Picazo en derecho patrimonial 3 tomos, la trata con rigor.
Dar las gracias a Crazyh.
Gracias a todos y saludos.
Quiero agradecer a todos, los comentarios acerca de mi opinión.
En especial a Pholmo,cuyas respuestas son una clase privada de derecho patrimonial; tiene toda la razón al criticar mi falta de rigor, intentaré completar mi segundo comentario, desafortunado por incompleto.
1.- El derecho a la justicia gratuita depende de tu renta no del hecho de ser inquilino, yo pensaba en el caso concreto aunque cometí un error. Queria decir que al encontrarse en paro es posible que tenga derecho al beneficio de justicia gratuita, pues este beneficio depende de los ingresos del que la pide, y le sugeriría a la inquilina que se informara en el colegio de abogados de su provincia.
2-Rebus sic stantibus es un principio de derecho una clausula complementaris de pacta sunt servanda.
Se dice, además, por alguna doctrina (PUIG BRUTAU, por ejemplo) que más que una cláusula, es un efecto más del contrato, que permite a los tribunales modificar e incluso resolver el contrato conforme a su arbitrio.
Esta frase suele utilizarse como complementaria del brocardo latino pacta sunt servanda (los pactos deben cumplirse) en la forma pacta sunt servanda rebus sic stantibus que significa los pactos deben cumplirse, mientras las cosas sigan así lo que habla de la obligatoriedad de cumplir los pactos (contratos) mientras las circunstancias existentes al momento de la celebración no varien. (de la wikipedia)-
En este caso las circunstancias respecto de cuando se firmó el contrato han variado, su pareja está en paro y en el momento de firmar no lo estaba. De lo que deduzco que podría utilizarse como argumento en el litigio, en defensa del inquilino, tiene derecho a dejar el piso por el paro sobrevenido. Para, los interesados en esta clausula, Diaz-Picazo en derecho patrimonial 3 tomos, la trata con rigor.
Dar las gracias a Crazyh.
Gracias a todos y saludos.
Mari Lolis,
En eso (y, para mi desgracia, por propia experiencia) no tengo más remedio que darte la razón: con excesiva frecuencia te quedas sin cobrar, por más que el juez te dé la razón.
Yo desaprobaba tu aplauso a Trino, de hace 6 días, cuando decías "gracias y voto para ti trino" justo después de su intervención, afirmando "La buena fe del inquilino y la no tan buena del propietario"... "de no llegar a un acuerdo, el problema será del propietario"
Supuse yo -quizá sin base- que tú aplaudías la línea general que mantiene Trino en sucesivas e infundadas intervenciones. Si solo coincides en que, a veces, los caseros no cobramos por más injusto que sea, coincido plenamente contigo. Me disculpo por tanto.
Saludos.
Ramón Ruiz.
Ramon Ruiz yo le he dado la razón a ese señor en lo de que no es tan facil cobrar del inquilino aunque el propietario gane el pleito...no se que leches habeis entendido..
Mari Lolis. Me temo que sí: que, pese a tus casi 3.000 respuestas, en este caso estás apostando por el caballo perdedor.
Ya en mi respuesta de hace días apuntaba a Trino como presunto topo disfrazado de casero. Parece claro que tiene "un baño" de cultura legal (hasta conoce latinajos, aunque los emplee mal) pero, de ahí a tener razón, va un abismo.
Y, aclaro. Creo que no tiene absolutamente ninguna razón en acusar de malintencionado al casero de RMB, ni que sean de recibo los consejos que da a éste. Por el contrario, lamento coincidir con él en que el casero corre un altísimo riesgo de perder más, si alarga el contrato, que si recoge las llaves y firma un finiquito negociado.
Yo siempre apuesto por la negociación, aunque no siempre la consigo. En los últimos dos años he tenido 5 conflictos con inquilinos. De ellos, 4 no han querido negociar. El 5º aceptó perder 6 meses del alquiler de un local que tenía contratado por 60 meses, con tal de recuperar el aval bancario depositado.
De los 4 que no quisieron negociar, 3 casos le dan la razón a trino: me han dejado un "pufo incobrable" de más de 30.000 €. Del 4º (que se marchó sin acabar el año) estoy esperando la sentencia de un juicio celebrado el 4 de mayo, al cabo de 26 meses de iniciado el expediente.
Sí. Por desgracia, los caseros tenemos todas las de perder. Pero eso no apoya la falacia de que seamos unos tiranos abusadores.
Ramón Ruiz.
Mari Lolis, entras en una contradicción.
Dices "también me canso de leer por aquí que demanden que van a ganar juicio y costas (no todos los abogados lo dicen) y eso también esta demostrado que no es cierto y los propios abogados lo han expuesto en el blog." En qué quedamos? En que dicen q van a ganar el juicio o en que dicen q no es cierto y lo exponen en un blog? Si sólo hay 3 abogados que entran diariamente!! Cuando dices "no todos" te refieres a uno de los 3? a dos?.
Personalmente no he visto a ninguno de los abogados decir que es un caso ganado. Lo que sí dicen es que se podían haber evitado ciertos problemas si hubieran acudido antes a un abogado, e incluso mejorar y agilizar un juicio en caso de tener que tomar esa via.
Además, casi todos los abogados intentan llegar a un acuerdo antes que a la "lotería" de un juicio, donde muchas veces tienes las de ganar y por lo que sea, pierdes. A veces incluso porque el cliente no hace caso a las recomendaciones del abogado, tan sencillas como "cuando no te toque hablar, por favor, no digas nada", y en medio del juicio ves al cliente saltar con "ESE HIJO DE LA GRAN.... ESTA MINTIENDO, ES QUE LO MATO EN CUANTO SALGAMOS DE AQUI!!!!"
Y asi mil casos. Te recomiendo que vayas a los juzgados de tu localidad y vayas a diversos juicios. Casi todos están abiertos y puedes entrar a escucharlos. Una experiencia cuanto menos curiosa
Perdona Alek, estas en tu derecho de no identificarte, pero entiende que te lo pedi para evitar susceptibilidades.
En cualquier caso agradezco tus palabras y tu confianza si has sido mi cliente.
Pedro Martinez
Abogado
50021@icagr.es
Hola Mary Lolis:
1º) Si. El salario mínimo es inembargable.
2º) Si, en muchas ocasiones el demandante arrendador no consigue recuperar la totalidad de lo adeudado y de los gastos del proceso.
3º)El interés de un abogado no es ocultar a un cliente lo expresado en el punto 2º por 3 razones: 1) ética profesional. 2º) Prestigio profesional. 3º) Actuar así es pan para hoy y hambre para mañana.
4º) Una cosa es aprender una Ley y otra muy distinta entenderla y saber interpretarla. Además estoy seguro de que un 80% de lo que usted ha "aprendido" lo ha hecho leyendo a los abogados de este y otros foros. Repetir lo que han dicho otros sin entenderlo no es digno de elogio.
5º) Si, yo también estoy cansado de que gente lega en derecho - como usted, por ejemplo - animen a ir demandar o, como usted dice en muchas ocasiones, "que te demanden y ya decidirá el juez".
Reciba un cordial saludo
Lo siento mucho pero no veo porque tengo que identificarme. Y no ha sido en su defensa era simplemente mi opinion y estoy tan libre de darlo como el resto de los foreros y aun mas cuando eres cliente o lo has sido.
Un saludo
Alek, perdoname pero con el nick no te identifico como cliente y tampoco busco ni necesito defensa a mis palabras.
si has sido cliente mio, por favor, hazmelo saber identificandote en el foro o por medio de mi mail.
gracias.
pedro Martinez
Abogado
5001@Icagr. Es
Hola a todos,
Aunque en realidad comparto su opinión Mari Lolis, quero decir que en el caso de sr. Pedro Granada se equivoca Ud., ya que yo mismo he ultilizado sus servicios hace ya bastante tiempo. Le puedo asegurar que antes de decidir, me he puesto en contacto con otros abogados y de los honorarios que me han pasado, un humilde trabajador puede tener pesadillas todo un mes. Sr. Granada me ha corejido ( aunque hubiera podido decirme seguir adelante solo para cobrar con aquello "Tienes el caso ganado", "Lo tienes en la mano", etc), cosa que no ha sucedido.
No digo que no existen de estos abogados que no iran en contra de sus propios intereses, pero afirmo que este no es el caso.
Un saludo:
claro que es subjetivo, pero también me canso de leer por aquí que demanden que van a ganar juicio y costas (no todos los abogados lo dicen) y eso también esta demostrado que no es cierto y los propios abogados lo han expuesto en el blog.
Saber la resolución de un juicio es imposible, por eso me gusta la frase de Pholmo sobre los acuerdos.
Mari Lolis, no niego lo que dices, pero eso no es lo que aplaudes (fijate bien en la respuesta que aplaudes). Eso lo dice la ley y la ley yo no la discuto, me guste o no. Tu, que estas por encima del bien y del mal puedes hacer lo que quieras con ella..hasta destrozarla si te apetece...
Yo a mis clientes les explico absolutamento todo, lo bueno y lo malo, que para eso soy un profesional, me debo a unas normas de conducta que llevo, por principios, grabadas a fuego. El dia que yo engañe a un cliente me lo dices, que yo colgare los trastos y me dedicare a otra cosa. Te equivocas conmigo, yo no pienso traicionarme jamas y el dia que lo haga pagare con mi bolsillo y mi honor y me ire a casa a dedicarme a otros menesteres.
Yo no tengo ningun interes puesto que no busco ni el reconocimiento ni el dinero, doy mi opinion como letrado porque me siento bien haciendo un favor a quien lo necesita. No me mueven otros intereses ni tengo favoritismos con nadie, estoy del lado del que, entiendo, lleva razon. Mi curriculum esta en mi perfil.
Jamas te he visto dar una respuesta objetiva si por medio hay un casero susceptible deser culpado, lapidado o ejecutado. Tus opiniones personales siempre van en el mismo sentido.
Cuando dices que a algunos abogados de este foro (no somos tantos) les molesta que nos hayas quitado el protagonismo.....me gustaria escuchar su opinion, la verdad....Tambien puedes dar nombre y apellidos como hago yo ¿ Te refieres a Pedro Hernandez, a Jan o Manuel Pregal o a colaboradores del nivel de Marta, Amparo, Crazyh, etc?? Se valiente y dame los nombres..
Para ti el protagonismo, para ti las opiniones sin fundamento, para ti las respuestas populistas... te seguire diciendo que aunque me recites en verso la LAU, no tienes ni pajolera idea de lo que hablas.
Leer una ley es muy sencillo, aprendersela de memoria es un ratito. Yo me he currado mil demandas por la gasolina y con un metro de nieve hasta los juzgados, me he batido el cobre por una causa perdida por 50 euros y mi mujer en el paritorio y todavia me da miedo afirmar que conozco la ley.
¿que tu te has aprendido la ley de arrendamientos?? Me da risa oirte decir eso.
Mari Lolis, eso de que se va a tirar un montón de años en cobrar es subjetivo. Más de uno y de dos han heredado algo y se han quedado sin verlo, perdiendo lo que debían más una suma bastante importante de intereses. Tb pueden ser motivo de embargo el coche, la moto, etc...
Además, supongo q Pedro, al igual q PHOLMO y Armando, han defendido tanto a inquilinos como a propietarios.
Por ejemplo recordaré el tema de la vitrocerámica donde el mismo Sr. Pedro Granada expusó que el inquilino podía alegar que la vitrocerámica se partió sola mientras se cocinaba.
La respuesta de Trino me ha encantado, sobretodo al recordarme una figura jurídica que ya ni recordaba, pero la contestación de Pedro me parece más que buena.
La justicia gratuita no se da por no pagar un alquiler, sino por unos ingresos mínimos, por las cantidades a reclamar, por posesión de bienes, etc... Creo que por ahí van los tiros.
Sr. Granada me va usted a negar que el salario mínimo es inembargable? me va usted a negar que sólo se puede embargar un tanto por ciento y que un propietario cuando consiga ganar un juicio, varios años después, se va a tirar otro montón de años hasta cobrar todo lo que se le adeude? Usted tiene sus intereses como abogado y explicarle a un propietario esta realidad no le interesa en absoluto, va en contra de su bolsillo.
creo que lo que le molesta a algunos abogados de este foro es que hayamos personas que sin ser abogados, nos hayamos aprendido la ley de arrendamiento y les quitemos el protagonismo.
Y ahora algo personal:
no odio a los propietarios, ¿cómo voy a odiar a personas que son lo mismo que yo? porque servidora tiene casa en propiedad (no le debo nada a ningun banco), vivo de alquiler porque estoy en España y mi casa en Francia, asi que se le desmonta la teoria.
Tampoco defiendo a ultranza a los inquilinos, y eso queda claro mirando mi historial...pero si me molestan los que se aprovechan de la ignorancia ajena, tanto si es inquilino como si es propietario.