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En el contrato que firmé de alquiler indicaba que tenía que avisar con tres meses de antelación en el caso de dejar el piso y yo he avisado con un mes y medio. ¿Me pueden negar la devolución de la fianza que era el importe de 2 meses?
Hola Estanislao:
Para responder a su pregunta es preciso exsaminar el contrato. Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos con el contrato.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Hola,
Pues depende, si su marcha es al cumplir el año de contrato o cualquiera de sus cumpleaños, avisando con 30 días de antelación es suficiente, por lo tanto esta no puede ser una razón de descontarle parte de la fianza.
Pero si usted se va fuera de fecha, muy posiblemente no le devuelvan dicha señal.
Saludos
oscar