santiago, tiene un inquilino muy peculiar y con escaso conocimiento de la ley. La fianza no se puede utilizarse para descontar un alquiler debido. Ni el inquilino ni el casero pueden "renunciar" al alquiler, pueden desistir del mismo pero solo surtirá efecto cuando la otra parte acepte el desistimiento o lo declare así un juez. En su caso debería hacerle saber lo anterior y el riesgo que supone para él que el contrato siga vigente y devengando alquileres hasta que se firme el finiquito. Todo ello partiendo de la base de que su inquilino es persona solvente, si no lo es, reciba las llaves en presencia de dos testigos y para la próxima lea
EL DECALOGO DEL CASERO