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Soy una estudiante de Erasmus y por eso también tengo problemas de entender el sistema aquí. Yo avise el 7.11 que me quería ir de mi piso y me fui unos días después. Ya había pagado el alquiler para todo el mes de Noviembre. Entonces me dijeron que mi fianza se usaría para pagar el alquiler en Diciembre. En el recibo que me dieron dice que "se devolverá la fianza siempre y cuando no haya desperfectos materiales y se avise con un mes de antelación".
Para mi, el més de antelación se acabe el 7.12 y entonces debería recibir mi fianza. El dueño no me quiere devolverla pero quiere que le devuelve la llave ahora. Se puede quedar con la fianza aunque he pagado para Noviembre ya que en el recibo dice que no se la devolverá por desperfectos materiales?
Muchas gracias!
Un mes de antelación es igual a 30 días. Los alquileres en España se rigen por la LAU que es la Ley de Arrendamientos Urbanos. Lo que dice la LAU sobre el desestimiento del contrato por parte del arrendatario es lo siguiente:
"El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización."
Pero esto es en caso de que no hayáis pactado otra cosa, si en tu contrato de alquiler pone que puedes abandonar el piso siempre y cuando avises con un mes de antelación (lo digo porque no sé si llevas ahí seis meses) y no fija ninguna penalización económica por hacerlo, entiendo que entonces no te puede cobrar nada a mayores de los días que falten para ese mes. Que me corrijan si me equivoco. De todas maneras te dejo un enlace a la LAU.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l29-1994.html
Y como te decía antes, cuando entregues la llaves asegurate de que te den un papel dónde ponga que has hecho entrega de la llaves, que el contrato ha finalizado y que el piso está en condiciones. Así te evitarás problemas.
De todas maneras no sé cómo avisate al propietario de que te ibas, de palabra o de forma escrita? porque si le avisaste de palabra no tienes pruebas de que lo hiciste y entonces el puede decir que no le avisaste.
Muchas gravias por su resupuesta!
entonces un mes de antelación es igual a 30 días? Siempre es así en España o hay una ley que lo defina así?
La función de la fianza es garantizar el cumplimiento de las obligaciones del arrendatario, en este caso tú. Como debias avisar con un mes de antelación y has pagado hasta el día 30 de noviembre entiendo que puede reclamarte el dinero que corresponde a los 7 días hasta el día 7 de diciembre, pero no se puede quedar con toda tu fianza. Si no has causado ningún desperfecto en el piso no firmes ningún papel que ponga que lo has hecho, es más, exige en el momento de entrega de la llaves que te den un papel firmado donde ponga que el piso está en perfecto estado. De todas maneras el dueño del piso dispone de 1 mes entero para devolverte la fianza o la parte proporcional que te corresponda, por lo que no tendría por qué dártela en el momento