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Mi duda es si me tengo q ir en el plazo de un mes si vende el piso. Hay una cláusula q asi lo especifica, ¿es legal?. Yo le estoy permitiendo q visiten mi casa para verla y decidan si comprarla, pero me estoy cansando de la situacion .¿q puedo hacer?.
Bonita historia con final feliz. Siento que a veces los propietarios estén tan mal informados y que, sin mala intencion, parezca que son unos desalmados, cuando es solo desconocimiento. Estoy aprendiendo muchas cosas. Este es un gran blog, me alegro de haber dado con él. Agradezco a los expertos (se nota quienes lo son) sus aportaciones.
Calamar, me alegro de que las cosas hayan salido bien.
Al fin y al cabo tu te has portado bien con dueño (dejando que viesen el piso y tal) asique me alegro de ver reciprocidad al respecto (aunque haya necesitado un buen empujón).
estoy 100% de acuerdo con Jan, como casi siempre, y creo que en la mayoria de casos el arrendatario es ignorante en la materia (en el sentido menos peiorativo de la palabra) y sencillamente ha sido aconsejado por ignorantes aún mayores, algunos de los cuales a menudo se dedican profesionalmente al mundo inmobiliario (lo cual tiene "cojones" si me permitis..).
No es la 1a vez que me encuentro un amigo/conocido que alquila su casa convencido de que puede echar al inquilino prácticamente cuando le venga en gana, o si la necesita.
Mucha suerte en la búsqueda de tu nueva casa.
Atentamente,
Pablo.
Buenas a todos ,quiero poneros un poco al dia :=). Hablamos el otro dia y como era de esperar no tenia ni idea de nada ni tan solo de los 5 años q me podria quedar. Un poco mas y se pone a llorar. Me idio mil veces q no podia darme esa indenizacion de los meses q faltan hasta fin de contrato, pero al final acepto. Asi q ahora esperamos irnos en un mes con el dinero. Ya contare mas cositas gracias a todos. Ayudais a mucha gente. Saludos
Hola:
Solamente quiero añadir que, en multitud de ocasiones, la presencia de cláusulas como la citada en este post no se deben a mala fe del arrendador/a, sino a simple ignorancia sobre la legislación arrendaticia(mucha gente copia y pega los "contratos de arrendamiento" que ven colgados en la red pensando que están bien) y a mala práxis de personas dedicadas a la administración inmobiliaria con escasos conocimientos legales.
Al menos esa es la conclusión a la que he llegado por razón de mi profesión.
Un cordial saludo
Te deseo suerte, espero que le den a ese casero una buena lección en el juzgado. POR ABUSON.
No dudes que tus derechos te asisten, olvida las clausulas NULAS y así se lo puede decir a la propiedad, o indemnización sustanciosa al cante o a litigar
Muchas gracias, imprimire el articulo para exponerselo, y hacer uso de mis derechos . Gracias.
Puedes ver tú mismo (y mostrárselo al casero) lo que te dice Arquitopo en este enlace.
Saludos - Papeleos Alquiler
la ley te ampara. El artículo 6 de la ley de arrendamientos dice claramente que "son nulas y se tendrán por no puestas las estipulaciones que modifiquen en perjuicio del arrendatario las normas de presente título".
Como esa cláusula de tu contrato va en perjuicio de la duración del contrato, es como si no existiera. No tiene ningún argumento para exigirte que te marches. No puede hacerlo, de hecho. Sabiendo eso, puedes negociar con él sin que te presione.
Hola a todos otra vez:
al final ha vendido la propiedad y este mismo lunes dia 25/10/2010 me ha dicho q quiere hablar conmigo. Tengo pensado decirle q quiero cumplir mi contrato y si me marcho sera con la indenizacion, mi unico miedo es la clausula esa q dice en el contrato de q me tengo q ir si o si. Aun no tengo muy claro si tengo las de perder. Aun q si es cierto q solo un juez me puede desalojar. Pero no es mi estilo. Q opinais?. Saludos
Seas o no un inquilino ejemplar lo que importa es que cumplas con tú parte y pagues la renta, la propiedad no te puede echar y tú no tienes porqué permitir la entrada a posibles compradores, puedes pedir una compensación por el favor, El hecho de que vendan la casa no te afecta, solo has de cambiar el número de cuenta en el que ingresas el alquiler, todo lo demás que te afecta seguiría exactamente igual. Si accedes a marcharte pide una sustanciosa indemnización, por ejemplo la suma de los meses que faltan hasta cumplir con el contrato.
Quiero dejar claro q nosotros somos inquilionos ejemplares. Soy electricista y como tal le repare el cuadro asi como muchas otras cosas defectuosas de la casa: lamparas enchufes ect... Los pagos son siempre antes del dia 5. Y hemos pintado la casa asi como dejarle q visiten la casa para venderla como favor. Creo q muchos querrian inquilinos asi. Pero de hay a tener q irme creo q va un mundo. Por eso mi consulta para q gente experta me recomiende q hacer. Esto va por lo ultimo puesto.
Saludos.
Ser casero es ser un Empresario y no un buscavidas: Si alquilan, alquilan. Nunca más aceptaré una cláusula de "Necesidad del propietario o sus...." NUNCA. Si los buenos inquilinos hiciéramos las cosas bien no pasaría esto. En el póquer hay una jugada que se llama "paso." Es probalemente la unica clausula que no megusta. Avales, fianza, pagar bie y a tiempo, cuidar de la vivienda: SÍ
Calamar,
En este post he ALUCINADO con algunas intervenciones como nunca lo he hecho en esta web.
A ver... es que hay cada uno que da consejos sin tener ni idea.
Todo contrato de alquiler de vivienda habitual (que entendemos es tu caso) tiene una duración de 5 años. Se hace un contrato de 1 año sobre el cual solo tu puedes decidir si alargarlo un año mas (hasta los 5 años) o finalizarlo.
Eso si, para finalizarlo, debes avisar con 30 dias.
Por mucho que algunos "expertos" insistan, y por mucho que tu clausula asi lo indique, solo un juez te puede obligar a irte (y para eso tienes que dejar de pagar o liarla muy gorda).
Mientras cumplas con tus obligaciones, tienes 5 años asegurados. (o sea, pagar la renta y mantener el piso en condiciones)
Para poder hacer un poco de limpieza de lo que son consejos con un poco de conocimiento, y alardes de autenticos ignorantes en la materia, te recomiendo una lecura de la LAU. Es un poco espeso, pero vale la pena tenerla a mano.
Ahi va el link de la ley en la "Sociedad Publica de Alquiler" del, hasta ayer, Ministerio de la Vivienda.
http://www.spaviv.es/docs/LeyArrendamientosUrbanos.pdf
Mi consejo personal, es que si quiere vender, llegues a un acuerdo que te convenza (tipo 6 meses de indemnización, devolucion de fianza y pago de la mudanza). Al final, hablando la gente se suele entender.
Eso si, hazlo todo POR ESCRITO.
Este es el tipico abuson, y como ya he dicho muchas veces, hay que darles con su propia medicina.
Por ultimo, puedes dar maxima credibilidad a Amparo, Pholmo y Jan.
Saludos y mucha suerte.
Pablo.
Si me pide irme pediré una indemnización, y si no lo acepta no me marcho y si quiere iremos a juicio. Gracias a todosss. Es de gran ayuda la opinión de todos. Saludos.