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¿puedo solo pagar el medio més que estaré viviendo?
Hola Juan:
Coincido con las respuestas anteriores y le le sugiero la lectura del siguiente enlace
http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm
reciba un cordial saludo.
http://letradosalquileres.es.tl
Juan Antonio Sánchez Estoy con Amparo,no puedes pagar medio mes,debes pagar las mensualidades completas e incluso el contrato va por años completos y solo te pedes ir en cada cumpleaños a no ser que pactes con el casero lo que sea
Otra opción, es hablar con el arrendador y negociar con él el pago de una indemnización por irse anticipadamente.
Saludos - Papeleos Alquiler.
Los pisos no se "dejan" cuando a uno "le guste", sino cuando diga el contrato que se pueden dejar.
Normalmente es una vez al año. Cuando vaya a cumplirse la anualidad, y preavisando fehacientemente al menos 30 días antes.
Así que la respuesta es, no solo tiene que pagar el mes completo, sino los meses completos que falten hasta cumplir la anualidad en vigor. Sea la primera o la cuarta.
Saludos - Papeleos Alquiler.