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Firmamos un contrato de 2 años, llevamos uno, tenemos informe de Medio Ambiente donde dice que se supera el nivel de ruidos debido a un motor de una tienda del mismo edificio. Queremos irnos del piso debido a este ruido y la imposibilidad de descansar y el casero nos obliga a pagarle la indemnizacion que firmamos , dos mensualidades si nos queriamos ir antes. El contrato que firmamos era un poco abusivo, pero lo firmamos. No hay posibilidad de irnos debido a este problema ya que tenemos el informe de Medio AMbiente?
Yo no me iría a "las bravas" porque el propietario no es responsable de esa máquina. Como supongo que también molestará a otros vecinos, ¿por qué no lo denuncian ante el ayuntamiento? Seguro que hay ordenanzas que regulen el tema de ruidos y vibraciones.
Por ser el contrato posterior al 06-06-2013 y llevar más de seis meses de arrendamiento, el arrendatario,sin tener que dar explicación alguna, puede desistir del contrato, comunicandolo dentro de tiempo y forma. ( Artº 11 de la LAU)
Jarita, si eres diligente, a los 30 días de enviar la notificación al arrendador, podrás dejar legalmente la vivienda.
Si quieres entablar un pleito para que el juez resuelva el contrato, igual dentro de un año sigues con el tema y con gastos de abogado y procurador.
Pregunta adicional: Si el problema es la máquina del vecino de abajo, que pasa los ruidos, ¿por qué no lo tratan en la junta de vecinos y/o le piden a medio ambiente que actúe contra ellos?
Compañero PHOLMO: entiendo perfectamente lo que quieres decir cuando le aconsejas al consultante que no se vaya sin más. Desde luego tienes razón en el sentido de que lo mejor es comunicar por qué te vas e intentar hacerlo del mejor modo posible. Por ejemplo sería muy buena cosa mostrarle al casero el informe del que dispone jartita. Eso lo entiendo y es un magnífico consejo para la consultante.
El sentido de mi respuesta es que comunicándolo o no, si el casero no se muestra de acuerdo con la resolución, jartita puede estar tranquila (todo lo tranquila que se puede estar en estos asuntos) de que como la vivienda no es habitable, tiene una causa para poder resolver el contrato. Esa resolución es "directa" y no está sujeta ni a plazos ni a preavisos ni a indemnizaciones ni a ese tipo de cautelas o medidas. Por supuesto si puede irse "hablando" mejor, pero si el casero no acepta (que no aceptará) sus explicaciones puede marcharse con tranquilidad. Ese es el sentido de mi primera respuesta, admitiendo las matizaciones dadas.
Piscis, menos mal que lo has aclarado porque ultimamente estoy muy 'peleón' aprovecho para reiterar que el inquilino no debe marcharse sin mas, por lo menos debería leer este enlace
Como casero opino diferente de la respuesta anterior.Si te vas cuando quieras, tendrás problemas legales.
No hace falta el informe sobre ruidos, te podras ir sin tener que justificar nada, siempre que comuniques fehacientemente a tu casero que desistes del contrato al vencimiento de los próximos treinta días.
no te puede pedir una indemnización de dos meses, por ser contraria a la ley, a lo sumo y siempre que esté correctamente expresado en el contrato, la indemnización tiene que ser como máximo de un mes si falta por cumplir el año completo o en su caso,la parte proporcional de la mensualidad correspondiente a la parte del año que reste por cumplir
Estando de acuerdo con mi compañero León, lo que deben considerar es que la rescisión de ese contrato debe declararla un juez si el casero no está de acuerdo en darlo por terminado, si se marchan 'a la francesa' pueden tener sorpresas desagradables.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).
jartita: bajo mi punto de vista pueden irse cuando quieran y por supuesto sin pagar indemnización.
Sólo faltaría que el casero pretendiera que Uds. le indemnizaran por irse de un piso que no reúne las condiciones mínimas de habitabilidad.