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Buenos días, llevo dos años de alquiler, y estoy comenzando el tercero ( un mes) . El caso es que me tengo que marchar. ¿ Puedo dejar el piso ahora,avisando con un mes de antelación ? . ¿ O debo esperar a que finalice el año o sino no recupero mi fianza? .El contrato es por año, y se renueva automáticamente cada año. Mi pregunta exactamente es la siguiente: Si se realiza el contrato anual, renovando cada año...Para recuperar la fianza, ¿es necesario finalizar cada año, que se renueve automáticamente? o solo con cumplir el primero es suficiente. Es decir, avisando con un mes de antelación, puedo reclamar mi fianza.
Hola Maria:
Salvo que en el contrato conste expresamente la facultad del arrendatario(usted) de desistir del contrato antes del plazo de duración pactado o de cualquiera de sus prórrogas, ante la pretensión de resolución unilateral por parte del arrendatario,puede ocurrir :
1. Que el arrendador la acepte sin reserva, dando lugar a la resolución bilateral y de mutuo acuerdo, lo cual no conlleva otras consecuencias que la extinción del contrato y de las obligaciones recíprocas que de él se deriven.
2. Que el arrendador rehuse la entrega de y exija el cumplimiento del contrato judicialmente.
3. Que el arrendador acepte las llaves dando por resuelto el contrato, pero documentando que la resolución ha tenido lugar por la exclusiva voluntad del arrendatario, para ejercitar una acción de resarcimiento de daños y perjuicios.
reciba un cordial saludo.
De acuerdo con Oscar y Amparo.Pero también puedes pactar con tu casero la salida sin penalización o con una simple compensación (siempre por escrito los acuerdos)
Es como tú dices.
cuando el contrato cumple un año, se prorroga por otro año completo.
y si se incumple, se arriesga uno no solo a perder la fianza, sino a una demanda por incumplimiento de contrato.
saludos - Papeleos Alquiler.