Buenos días,
Si en el contrato no establece indemnización (que podría generar cierto debate), está en su derecho de marcharse preavisando con 30 días de antelación. El desistimiento del contrato se puede realizar una vez transcurridos 6 meses, la renovación anual del contrato no puede interpretarse como un nuevo computo de plazo para desistir.
Un saludo.
PdC Sociedad Inmobiliaria.