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kanorro

inquilino/a

¿Puedo abandonar el piso antes de la finalización del contrato sin pagar el resto de mensualidades y/o perder la fianza?
Hola buenas, soy inquilino de una habitación en un piso compartido, y ahora yo quiero abandonar el piso por el cual firmé un contrato que me decía que debía estar hasta el 31 de octubre.

Según el contrato pone: "En la hipótesis q el arrendatario desaloje la vivienda antes del vencimiento del plazo pactado, deberá notificar por escrito al casero un mes antes, e indemnizarle, en concepto de cláusula penal por su incumplimiento, con una cantidad equivalente a la renta que corresponda al plazo que según el contrato quedare por cumplir".

El casero tiene una fianza mía de 312€

Mis dudas: Me gustaría irme de piso ya puesto que me han cambiado el lugar de trabajo. ¿Le tendría que pagar al casero los meses restantes hasta noviembre si deseo irme ya?

Si me deja irme sin pagarle el resto de meses ¿él se quedaría con la fianza? o al pagar el último mes que yo esté en el piso le pagaría solo el dinero de diferencia entre la fianza y la mensualidad? Estoy pensando en llamarle...
  • Preguntado por: kanorro
  • Hace 15 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (4)
Ramon Ruiz ha sido el primero en contestar
  • Ramon Ruiz

    casero/a

    Jaime Feiner Alonso,

    Mi querido pariente. Anunciarse aquí como profesional, da a entender que eres abogado ¿Tú no lo eres, verdad?

    Uno puede ser el fontanero más profesional y mejor pagado del mundo, pero aquí, esa "profesionalidad" no le aporta nada.

    Ya te sugerí en otro correo que te leyeras el Artº 11 de la LAU. Tú sigues, erre que erre, empeñándote en que la indemnización por desistimiento unilateral es de un mes por año incumplido. Y lo malo no es que estés confundido, es que vas sembrando confusión.

    Para que sea aplicable eso del mes por año incumplido se tienen que dar tres condiciones:
    1.- Que el contrato sea de más de 5 años.
    2.- Que se especifique en el contrato esa penalización.
    3.- Que el desistimiento se produzca después de consumidos los 5 primeros años de alquiler.

    kanorro,

    Por más viejo y más "forrao" que esté tu casero, creo que merece tu respeto y, además, si tiene la ley de su parte, como parece, no creo que debieras ponerte chulito.

    Lo de buscar un inquilino, no quiere decir que sea solo para los tres meses que a ti te faltan. Puede entrar para 5 años; lo importante es que entre cuanto antes porque, cuando él empieza a pagar, dejas de pagar tú.

    Suerte y... un poquito de humildad. Los contratos se firman para cumplirlos; no para insultar a los caseros.

    Ramón Ruiz.
  • kanorro

    inquilino/a

    Miren he hablado con mi hermana que entiende más o menos del tema y me dijo que ese contrato era abusivo, lo de que por "huevos" tenga que pagar todo el año (sí, la verdad es que no firmo nada más sin leer todo, me ha servido para aprender jaja).................

    Lo malo es que el contrato de alquiler del piso lo hizo el 1 de noviembre de 2004 y fue por 5 años por lo cual termina éste o sea que el que entre estaría 3 meses o sea que dudo que alguien entre para tan poco tiempo.

    Ahora cuando salga del trabajo llamaré al casero, ¿me podéis dar algun consejo para la "negociacion"? yo le diré que le busco otro inquilino, pero creo que se pondrá perro vamos (típico viejo con pisos arrendaos forrao de pasta que se tragará todo el dinero el cementerio).... en fin consejos, gracias,,,
    • Respondido por: kanorro
    • Hace 15 años
  • Jaime Feiner Alonso

    profesional

    Estimado Kanorro.
    Habría mucho que hablar al respecto. Habría que ver ese contrato y como están establecidas las claúsulas, asi mismo, te aconsejo que en el futuro leas lo que firmas ya que la claúsula a que haces referencia es todo un despropósito, en principio no hay claúsula penal de ningún tipo, en segundo lugar el pago de la renta correspondiente hasta el cumplimiento total del contrato es un abuso (la LAU establece en arrendamiento urbano 1 mes de renta por año no cumplido de contrato, por tanto, sería la parte proporcional la que habría de aplicar. De todos modos, al haber firmado podrías estar renunciando a tus derechos, pero si habría donde agarrarse para declarar nula esa claúsula.

    LLámale y cuéntale la situación a sabiendas que si quieres ir contra la claúsula deberás de recurrir a los tribunales sin garantías de que vayas a salir vencedor de ese lance.

    Un cordial saludo
    Jaime Feiner
    j.feiner.catocc@gmail.com
  • Ramon Ruiz

    casero/a

    kanorro,

    Creo que la última idea es la mejor. Deberías haber empezado por el final de tu exposición, llamando a tu casero.

    Espero que no se ponga duro contigo porque, según el clausulado que nos has transcrito, tiene él todas las de ganar. El contrato se presta a pocas interpretaciones: has de pagar hata el 31 de octubre.

    Una vez pagado eso, sí que puedes exigir la parte de fianza que él no justifique con pagos de reposiciones o reparaciones que sean a tu cargo (tiene un mes para liquidar la fianza).

    Otra posibilidad, es que el casero pueda volver a alquilar tu habitación, antes del 31 de octubre. En ese caso, en cuanto empiece a pagar él, dejas de pagar tú.

    Ramón Ruiz.
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