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Llevo en alquiler desde el 1 de Agosto de 2013, por lo que se aplica la nueva ley de arrendamientos donde si pasan más de 6 meses y avisas con un mes de antelación te devuelven fianza. Mi duda es que si me voy ahora avisando con un mes de antelación, después de 1 año y dos meses, ya se aplican que han pasado 6 meses y tengo derecho a la fianza o si se empiezan a contar otra vez al prorrogarse el contrato. Muchas gracias
Varisha: la prórroga no "reanuda" el plazo para el desistimiento. Dicho en otras palabras Ud. puede irse cuando le parezca oportuno, siempre y cuando (como dice) preavise con al menos un mes de antelación. Cuando preavise hágalo mediante burofax con acuse de recibo y copia certificada del contenido, para que no haya duda de la existencia del preaviso.