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Luis81

inquilino/a

Desistimiento antes de la finalización de una prorroga
Hola.

Quiero desistir un contrato de arrendamiento. Se trata de un contrato renovable por años. En la actualidad llevo 1 año y seis meses. El contrato firmado pone que debo pagar como indemnización el año completo (es decir, los seis meses que me faltan). Además, el padre de uno de los inquilinos avala con una propiedad (adjuntando los datos catastrales de un piso). He realizado un preaviso mediante burofax.

La situación es que uno de los 4 inquilinos abandona el piso y el resto no podemos hacer el frente el pago completo del alquiler. ¿Tenemos alguna posibilidad de salir ganando en este caso? Asumimos la pérdida del mes de fianza como indemnización

¿Se puede alegar que es un contrato abusivo? ¿Podemos salir ganando en un juicio, alegando problemas económicos?

Un saludo y muchas gracias
  • Preguntado por: Luis81
  • Hace 15 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (4)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • manuel josé

    casero/a

    Art. 1156 C. Civil.-
    El abandono o desistimiento unilateral no es causa de extinción de obligaciones en general ni del arriendo en particular aunque el art. 11 de la L.A.U. establece la posibilidad del desistimiento del contrato por parte del arrendatario, ello es para aquéllos contratos que hayan durado al menos 5 años siempre que haya habido preaviso.

    La fianza sólo tiene la finalidad de responder de daños y perjuicios en inmueble que excedan del deterioro por el uso. El Art. 12 se refiere a casos matrimonio o convivencia del arrendatario.

    Acuerdo por ambas partes o resolución judicial. El incumplimiento contractual puede dar lugar a indemnización de daños y perjuicios s/ Disp. Art. 1124 del Código Civil
  • //Mfan

    inquilino/a

    En casos así nada mejor que negociar con la propiedad, piense que lo que menos le interesa es un inquilino moroso.

    Es más, el mero acto de la modificación que supone que una de las personas que aparecen en el contrato ya no resida allí es motivo suficiente para su rescisión por parte del casero.
    • Respondido por: //Mfan
    • Hace 15 años
  • Ramon Ruiz

    casero/a

    Luis81,

    La única salida que veo es que busquéis otro compañero para sustituir al que se va. De lo contrario os tocará repartir su cuota entre los 3 que quedáis.

    La pérdida de la fianza no es suficiente indemnización. El casero tiene derecho a cobrar el año entero y, teniendo el aval de alguien solvente, acabará cobrándolo y a vosotros costándoos mucho más (las costas del juicio más los intereses de demora).

    Os cabe la posibilidad de negociar, apelando a la buena conciencia del casero y pedirle una rebajita, en función de que solo vais a ser tres.

    ¡Suerte!

    Ramón Ruiz.
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    La duración del contrato es tan obligatoria para el casero como para el inquilino. Los problemas económicos personales no se pueden esgrimir para dejar de cumplir una obligación.
    En mis posts http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/04/mas-sobre-desistimiento-anticipado.html y
    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2008/12/desistimiento-del-inquilino.html considero que tienes cumplida respuesta a tus preguntas, no obstante me pongo profesionalmente a tu disposición para cualquier asesoramiento complementario.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
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