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Arlet Marín

inquilino/a

desestimiento de un contrato

tengo un contrato de 5 años de alquiler, llevo más de 3 años y medio viviendo en el piso y me gustaría irme del piso. Puedo hacerlo avisando con 30 dias de antelacion o el propietario me puede exigir las rentas que quedan pendientes hasta la finalización del contrato?

  • Preguntado por: Arlet Marín
  • Hace 11 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (3)
javiersantander ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Arlet:

    Salvo que en el contrato conste expresamente la facultad del arrendatario(su amiga) de desistir del contrato antes del plazo de duración pactado o de cualquiera de sus prórrogas, ante la pretensión de resolución unilateral por parte del arrendatario(usted),puede ocurrir :                                                                                                                     

    1. Que el arrendador la acepte sin reserva, dando lugar a la resolución bilateral y de mutuo acuerdo, lo cual no conlleva otras consecuencias que la extinción del contrato y de las obligaciones recíprocas que de él se deriven.  

     2. Que el arrendador rehuse la entrega de y exija el cumplimiento del contrato judicialmente.  

     3. Que el arrendador acepte las llaves dando por resuelto el contrato, pero documentando que la resolución ha tenido lugar por la exclusiva voluntad del arrendatario, para ejercitar una acción de resarcimiento de daños y perjuicios.

    reciba un cordial saludo.

      http://letradosalquileres.es.tl

  • Arlet Marín

    inquilino/a

    el contrato es de 5 años. pero el motivo que quiera irme es por una humedad pendiente de reparacion desde el mes de julio del año pasado y que ahora parece que van a reparar. el problema está en que el horario de los operarios y el mio es incompatible y para poder estar he de faltar al trabajo entre 3 y 7 dias.

  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    Si tines un contrato por 5 años debes cumplirlo o negociar con el casero.

    si tu contrato es anual prorrogable hasta 5 años te podrás ir al cumplirse el 4º año (notificando por escrito al menos 30 dias antes).

     

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