Hola,
Si se marcha antes del año de contrato al no establecerse una penalización en su contrato, su arrendador tiene derecho a retener la fianza como indemnización por el no cumplimiento del contrato.
Si tienes cualquier duda puedes ponerte en contacto con nosotros y trataremos de ayudarte y de quedar a tu entera disposición.
Un saludo
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